
Tribunales
Las penas a las que se enfrenta Santos Cerdán por los delitos que le han llevado a la cárcel
Expertos aclaran a LA RAZÓN que la condena se situaría en un mínimo de ocho años de prisión por organización criminal, cohecho y tráfico de influencias
Tres delitos son los que han llevado a Santos Cerdán a ingresar este mismo lunes en prisión provisional, justo después de que declarase como imputado ante el Tribunal Supremo como supuesto miembro destacado de la "trama Koldo".
El magistrado Leopoldo Puente le manda a prisión por la gravedad de los delitos que se le atribuyen y las altas penas que estos llevan aparejados en nuestra legislación, además de por los indicios de riesgo de fuga y de destrucción de pruebas que le señalaron la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares.
Al ex "número tres" del PSOE se le atribuye el haber integrado una organización criminal, cohecho y tráfico de influencias como miembro destacado de la cúpula del entramado vinculado al "caso Koldo", dedicado al cobro de comisiones ilegales a cambio de asegurar la concesión de adjudicaciones públicas.
El abogado Víctor Soriano explica en LA RAZÓN que, en el caso de Cerdán, se le aplicaría en cuanto al primero de los delitos de integración en organización criminal, el tipo que impone una condena de 3 a 6 años de cárcel al estar vinculada esta actividad con los citados dos delitos restantes, que no están considerados como graves. La ley reserva una pena más alta para actos que se estiman más gravosos, como el homicidio.
Según apunta, en la citada horquilla de años, lo más procedente para este investigado sería que se le impusiera una condena más a la baja respecto al número de años fijados como máximo.
La sentencia por un delito de cohecho a la que se enfrentaría el antiguo cargo socialista se enmarca en un cohecho pasivo propio continuado, con lo que -explica Soriano- la sentencia se acercaría más a los 7 años y medio de límite que a los cuatro años y medio de pena mínima.
Estos actos están castigados por el Código Penal en su artículo 409, además de con una pena de prisión, con una multa económica que iría de 12 a 24 meses y una inhabilitación para el ejercicio de cualquier responsabilidad pública por un tiempo que va de los 9 a los 12 años.
Este socio del despacho Soriano i Piqueras concreta sobre el último de los delitos, el de tráfico de influencias continuado, que lleva aparejado una condena que debería moverse por encima del año y tres meses a los tres años y medio, pero lo más probable es que supere los dos años de aprisionamiento.
Especialmente, por las peculiaridades de las circunstancias que rodean los actos ilícitos que habría llevado a cabo Cerdán, en los que se habría valido de su condición de autoridad y de su posición y contactos políticos De igual forma, la responsabilidad penal a pagar por este delito incluye una multa del tanto al duplo del beneficio obtenido y la inhabilitación para ocupar un puesto público durante, al menos, 5 años, pudiendo alcanzar un máximo de 9 años.
La condena total, por tanto, -resume este experto letrado penalista- implicaría una pena a prisión de un mínimo de 8 años y un máximo de 12, además de una serie de sanciones económicas a pagar en compensación y una larga inhabilitación que le impediría volver a la vida pública.
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