"Procés"

Policías nacionales imputados por cargas del 1-O piden la amnistía

Nueve de los 46 agentes procesados por lesiones piden el archivo de la causa al no existir tortura o trato degradante

Imágenes del 1-O, con la Policía conteniendo el empuje de los independentistas
Imágenes del 1-O, con la Policía conteniendo el empuje de los independentistasManu FernandezAgencia AP

Nueve policías nacionales, que están acusados de delitos de lesiones por las cargas del 1-O y pendientes de juicios, han registrado una petición para que se aplique a ellos también la Ley de Amnistía ya en vigor desde este pasado martes.

Reclaman estos agentes acogerse a la medida de gracia para que la causa contra ellos quede archivada y los hechos delictivos que se les imputan queden sin consecuencias judiciales.

El problema al que se enfrentan es la posibilidad de que los heridos les imputen cargos de tortura, que están excluidos expresamente de los delitos a los que se puede aplicar esta amnistía.

Su defensa ya se ha adelantado a alegar que las lesiones que habrían causado y por las que se les procesó sí que están dentro de los supuestos en los que es aplicable la Ley de Amnistía.

Así como que los delitos de tortura que quedarían vetados son aquellos que se refieren a actos "muchos más graves" que los hechos que se les atribuyen y ellos "en ningún caso" participaron en actos de tortura y tratos inhumanos o degradantes.

Estos policías forman parte del grupo total de 45 que mantienen cuentas pendientes por su actuación en los días del referéndum ilegal del "procés" en el Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona.

Concretamente, se les acusa de haber causado estas lesiones a ciudadanos durante el dispositivo para desalojar aquel 1 de octubre de 2017 el IES Pau Claris, CEIP Ágora y los colegios Dolors Monserdà, Posperitat, Infant Jesús y Mediterránea.

En el escrito dirigido al juez Francesc Miralles, que recoge EP, los letrados a cargo de la causa aseguran que "no existe fundamentación" para llegar a concluir que "las conductas" de los agentes se corresponden con los dos artículos del Código Penal que tipifican la tortura y el trato degradante (174 y 173).

Señalan que se pronuncian sobre ello por "el supuesto que pudiera existir una futura o hipotética acusación en este sentido" y defienden que es imposible, al no estar actualmente acusados de ello, mediante una acusación posterior.

Al estar el procedimiento en fase de instrucción, recuerdan en el escrito dirigido al juzgado barcelonés que la Ley de Amnistía prevé, en este caso, el sobreseimiento libre de la causa tras celebrarse previamente una audiencia en la que estén presentes la Fiscalía y las partes implicadas.