Desvío de fondos
Portazo del Tribunal de Cuentas a Junqueras: no frena la causa del "procés" por la ley de amnistía
Rechaza suspender el procedimiento por los gastos del 1-O, como pidió el líder de ERC, porque "se desconocen los términos" de la medida de gracia
- El Tribunal de Cuentas frena el intento de Junqueras de suspender por la amnistía el juicio por el desvío de fondos del 1-O [[LINK:EXTERNO|||https://www.larazon.es/espana/tribunal-cuentas-descarta-que-puigdemont-declare-videoconferencia-desvio-fondos-que-tumba-amnistia_202311156554c540f6ca7200011f13e1.html|||]]
- El Tribunal de Cuentas descarta que Puigdemont declare por videoconferencia por el desvío de fondos del 1-O que tumba la amnistía
El Tribunal de Cuentas no suspenderá el proceso contable contra Carles Puigdemont y una treintena de exaltos cargos de la Generalitat por el supuesto desvío de más de tres millones de euros para financiar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y promocionar el "procés" en el extranjero a través de Diplocat. El organismo contable ha rechazado finalmente la petición de la defensa de Oriol Junqueras, de los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa y de otros seis encausados de dejar paralizada la causa por la futura entrada en vigor de la ley de amnistía, que incluye entre los procedimientos (a falta de su tramitación parlamentaria) que tendrán que archivarse el que ha instruido el Tribunal de Cuentas desde 2021.
La consejera de la Sección de Enjuiciamiento Elena Hernáez ha denegado esa petición en un auto en el que defiende que "a fecha de hoy se desconocen los términos de la ley pendiente de aprobación por parte de las Cortes Generales".
Losexaltos cargos de la Generalitat esgrimieron la necesidad de preservar los principios de economía procesal para evitar así trámites innecesarios, dado que la proposición de ley de amnistía registrada por el PSOE -que previsiblemente se aprobará la próxima primavera- estipula que la causa del Tribunal de Cuentas también tendrá que ser archivada cuando la medida de gracia entre en vigor.
El juicio contable se celebró
El pasado 17 de noviembre, durante el juicio contable, la citada consejera ya se negó, con el apoyo de la Fiscalía y de Sociedad Civil Catalana (SCC), a suspender la vista. En esa ocasión, Junqueras y los exconsejeros de ERC en el Gobierno de Puigdemont ya pusieron sobre la mesa la proposición de ley de amnistía y la necesidad de no seguir adelante con un proceso estéril, insistiendo además en que el presunto desvío de fondos no causó "ningún perjuicio" a la Generalitat.
El fiscal jefe del tribunal, Manuel Martín-Granizo, se opuso a esa petición porque, recalcó, al tratarse de un procedimiento civil, las causas de suspensión están tasadas por ley. "La suspensión no se puede supeditar a un acontecimiento futuro cuya certeza no se puede determinar", defendió.
En la misma línea de lo ahora argumentado por la consejera del tribunal, el fiscal expuso que la proposición de ley (que ni siquiera se había admitido a trámite en esos momentos) «producirá unos efectos que no conocemos ahora exactamente».
La proposición de ley socialista que se está tramitando en las Cortes establece que la amnistía « produce la extinción de la responsabilidad penal, administrativa o contable». Y declara expresamente extinguidas las responsabilidades «que estén siendo objeto de procedimientos tramitados ante el Tribunal de Cuentas», salvo en el caso de que haya recaído sentencia firme (lo que en este caso no sucede, puesto que la resolución del Tribunal de Cuentas es recurrible además ante el Supremo).
Puigdemont lo intentó en la vista preliminar
En diciembre de 2022, la defensa de Puigdemont también intentó suspender el juicio contable alegando en la vista preliminar que el expresidente de la Generalitat estaba siendo sometido a un doble proceso -el de responsabilidad contable y el que mantiene abierto el Tribunal Supremo por el "procés"-, esgrimiendo su inmunidad e instando al tribunal a solicitar al Parlamento Europeo el suplicatorio para poder proceder contra Puigdemont.
La consejera defendió entonces la competencia del tribunal. "Nos encontramos en ámbitos diferentes: una cosa es el objeto del proceso contable, la restitución de unos menoscabos a la Hacienda pública, y otra la causa penal", insistió entonces.
En el mismo sentido, la Fiscalía se opuso a que la inmunidad de la que entonces gozaba el líder independentista (de la que le despojaría posteriormente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) impidiese someterle a un proceso de resarcimiento contable, algo que en opinión lo que según el fiscal Martín-Granizo "iría en contra del derecho de la Unión Europea". La causa contable, subrayó, no ha limitado la "capacidad de movimiento" del expresident "ni el ejercicio de sus funciones como europarlamentario".
"El orden penal tiene prioridad en determinar los hechos y la jurisdicción contable, en la exigencia de la responsabilidad por alcance respecto a esos mismos hechos, sin que se vulnere el principio de non bis in idem", remarcó el representante del Ministerio Público.
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