Estrategias

¿Por qué los partidos se pueden "prestar" diputados unos a otros? ¿Para qué sirve?

ERC tendrá grupo propio, gracias a los dos diputados cedidos por Sumar, y el PSOE hará lo mismo con Junts, a los que cede cuatro de sus parlamentarios

Pedro Sánchez y Yolanda Díaz
Pedro Sánchez y Yolanda Díaz facilitarán que ERC y Junts tengan grupo propio en el CongresoAlberto R. RoldánLa Razón

Hoy termina el plazo para que se formen los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados, de manera que los 350 parlamentarios que tomaron posesión del escaño la semana pasada quedarán distribuidos en nueve grupos.

PP, Vox, EH Bildu y PNV fueron los primeros en presentar la documentación para conformar sus grupos parlamentarios, a los que se añaden PSOE, Sumar y el Grupo Mixto, en el que quedan inscritos aquellos diputados sin capacidad de conformar un grupo propio. Mientras queERC y Junts también tendrán grupo, gracias a que Sumar cederá temporalmente dos diputados a los republicanos y el PSOE hará lo mismo con cuatro de sus parlamentarios a la formación de Carles Puigdemont.

La constitución de los grupos parlamentarios está regulada en el Título II del Reglamento del Congreso. Se requieren al menos 15 diputados para formar grupo parlamentario. En caso de no alcanzar dicho mínimo, una formación política puede formar grupo parlamentario a partir de cinco diputados, siempre y cuando posea un 15% de los votos correspondiente a las circunscripciones donde haya presentado candidatura o un 5% de los votos en el conjunto del Estado.

Las formaciones políticas que no cumplan estas condiciones pasan a formar parte del Grupo Mixto. Sin embargo, no es la primera vez que la Mesa autoriza la constitución de un grupo parlamentario gracias al "préstamo" de diputados de otros partidos. Un mecanismo que se usará en esta XV Legislatura para permitir que ERC o Junts tengan grupo propio.

En qué consiste el "préstamo" de diputados

El mecanismo de "préstamo" de diputados consiste en que un partido cede a otro los diputados necesarios para cumplir los requisitos de formación del grupo. Después, los diputados prestados regresan al grupo parlamentario de origen. Para mantener su condición de Grupo parlamentario el que recibe el préstamo no puede reducir sus miembros por debajo de la mitad de su número inicial. En tal caso, quedaría disuelto y pasaría a formar parte del Grupo Mixto.

Esta fórmula, que se puso en práctica por primera vez en 1993, con mayoría socialista, ha sido empleada a lo largo estas dos décadas tanto por Mesas de mayoría conservadora como de mayoría progresista, siempre en función de los acuerdos que fueran necesarios para lograr apoyos a la formación de nuevo Gobierno al inicio de las distintas legislaturas.

El Reglamento del Congreso establece que la constitución de los Grupos Parlamentarios se hará dentro de los cinco días siguientes a la sesión constitutiva del Congreso, mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara. Ese escrito deberá ir firmado por todos los que deseen constituir el Grupo, deberá constar su denominación y los nombres de todos los miembros, de su portavoz y de los diputados que eventualmente puedan sustituirle.

Los diputados que no sean miembros de ninguno de los grupos parlamentarios constituidos podrán asociarse a alguno de ellos, mediante solicitud que, aceptada por el portavoz del grupo a que pretenda asociarse, se dirija a la Mesa de la Cámara dentro del plazo señalado.

Los parlamentarios asociados se computarán para la determinación de los mínimos que se establecen en el artículo precedente, así como para fijar el número de diputados de cada grupo en las distintas comisiones.

Está en manos del Congreso facilitar a los grupos parlamentarios locales y medios materiales suficientes, y les asignará una subvención fija idéntica para todos y otra variable en función del número de diputados de cada uno de ellos. Las cuantías se fijarán por la Mesa de la Cámara dentro de sus límites presupuestarios. Además, los grupos deberán llevar una contabilidad específica de la subvención que reciban y que deberá estar a disposición de la Mesa cuando se les reclame.

Otros precedentes

El mecanismo del préstamo no está regulado explícitamente en el Reglamento del Congreso. Sin embargo, es una operativa a la que se ha recurrido en casos excepcionales también para evitar que el Grupo Mixto sea muy grande, lo que dificultaría su funcionamiento.

Así ocurrió, por ejemplo, con Coalición Canaria (CC) en el año 2004, que obtuvo más del 15% de los votos en las circunscripciones en las que se presentó pero sólo obtuvo tres escaños y el PSOE le cedió dos diputados. De hecho, CC inauguró esta práctica en 1993, cuando obtuvo cuatro escaños, al formar grupo con el Partido Aragonés Regionalista (PAR). En esa primera ocasión hubo dudas sobre la legalidad del mantenimiento del grupo una vez que el diputado del PAR pasara al Grupo Mixto. La Mesa decidió que el grupo podría mantenerse si el diputado añadido pasaba al Mixto en la primera semana de la legislatura. `

El PP no apoyó la decisión, pero años más tarde, en 1996, su candidato, José María Aznar, necesitó los votos de CC para hacerse con la presidencia el Gobierno y apoyó que los canarios tuvieran grupo propio con dos diputados de la Unión del Pueblo Navarro, la filial de PP en la comunidad foral. Una situación que se repitió el año 2000, pero sólo para CC, porque la Mesa rechazó que el BNG accediera a ese mecanismo.

También el PNV ha utilizado la fórmula en más de una ocasión en el Senado, donde hacen falta 10 escaños para acceder a tener grupo parlamentario. Según lo expresado por los partidos en la legislatura que comenzó el jueves, el PNV aspiraría a obtener grupo propio con la ayuda de Coalición Canaria y de Cambio-Aldaketa. También ERC y Democracia y Libertad intentarán formar grupo propio. En la Cámara Alta, el PP ostenta la mayoría absoluta y no está claro si permitirá estos préstamos.

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