
Tribunales
El Supremo manda al banquillo a García Ortiz y le impone una fianza de 150.000 euros
El instructor abre juicio oral al fiscal general por revelación de secretos por la supuesta filtración de datos reservados del novio de Ayuso
Solo cuatro días después de que su polémica presencia en el Tribunal Supremo (TS) en el acto de apertura del Año Judicial, el magistrado Ángel Hurtado ha enviado al banquillo a Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de secretos por la supuesta filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. El fiscal general, que hasta ahora se ha negado a dimitir, se encuentra ahora ante la tesitura de ir a juicio en el ejercicio del cargo, hecho insólito en la historia de la institución, a renunciar al mismo -un paso que no parece dispuesto a dar- antes de que comience en el juicio, donde se enfrentará a peticiones de condena de hasta seis años de prisión.
El instructor impone a García Ortiz una una fianza de 150.000 euros -al considerar excesivos los 300.000 euros que reclama la defensa de González Amador como indemnización por daños morales- para hacer frente a posibles responsabilidades civiles a las que sea condenado y le avisa de que, si no la consigna en el plazo de cinco días, ordenará el embargo de sus bienes.
El magistrado rechaza sin embargo la petición de la acusación popular que ejerce la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) de suspender cautelarmente de sus funciones a García Ortiz. No obstante, remite su resolución a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado para que adopte la decisión que proceda y le informe de la misma.
En el auto de apertura de juicio oral, Hurtado ve indicios suficientes de que García Ortiz facilitó a un medio de comunicación el contenido confidencial de un correo electrónico que el abogado de González Amador había enviado al fiscal del caso reconociendo el fraude tributario que se le imputa para intentar llegar a un acuerdo de conformidad y reducir la petición de condena del Ministerio Público.
Así lo pone de manifiesto en ese auto, en el que valida la existencia de indicios de que "en su condición de fiscal general del Estado" habría revelado "secretos de los que pudo haber tenido conocimiento por razón de su cargo". Para el instructor, "no concurre supuesto alguno por el que sea procedente algún tipo de sobreseimiento" por lo que la única vía posible es sentarlo en el banquillo.
A partir de ahora, la Abogacía del Estado dispone de diez días de plazo para presentar su escrito de defensa.
"Pone en cuestión el prestigio de la institución"
En su resolución, en la que destaca la "solidez" de los indicios contra García Ortiz, el magistrado pone de relieve que el correo objeto de la filtración -que González Amador remitió el 2 de febrero de 2024 al fiscal del caso reconociendo los dos delitos fiscales imputados- contenía "información sensible relativa a aspectos y datos personales de un ciudadano, que habían sido aportados con vistas y a los efectos de un ulterior proceso penal, en el curso de unas conversaciones privadas entre su letrado y el fiscal encargado del caso".
Su contenido estaba sujeto por tanto -subraya- a los preceptivos criterios de "reserva y confidencialidad" por parte de la Fiscalía en este tipo de conversaciones, en cumplimiento del protocolo de conformidad suscrito por la Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la Abogacía. Algo que, insiste, lleva aparejado "un deber de discreción, por razón del cual no es tolerable divulgación alguna a terceros sin autorización del interesado, cuya reputación bien pudiera verse perjudicada por esa revelación".
Pero Hurtado va más allá y asegura que esa filtración "pone en cuestión el prestigio de la institución, con el menoscabo que ello comporta", teniendo en cuenta "el cometido y función constitucional que le viene encomendada al Ministerio Fiscal", que debe regir su actuación -recuerda- por los principios de "legalidad e imparcialidad, que pueden quedar en entredicho en la medida que su actuación se viera comprometida por indicaciones externas, y, sin duda, tener indudables efectos perjudiciales en el fundamental derecho de defensa del afectado".
"Vacío legal" sobre su suspensión cautelar
Según expone, todo ello fue asumido por García Ortiz desde el momento en que "a una información confidencial de la que tuvo conocimiento por razón de su cargo como fiscal, le dio una publicidad que no debió alcanzar, como alcanzó, al salir del ámbito de reserva para el que fue concebida".
En cuanto a la petición de suspensión cautelar en el cargo del fiscal general, que rechaza acordar, apunta que a este respecto existe "un vacío legal", que sin embargo según su criterio "no debe servir para dar el salto de sacar la suspensión del único procedimiento contemplado para cualquier miembro, que se ha de sustanciar por su propio régimen jurídico, y derivarlo funcionalmente a la competencia para decidir sobre ello al juez de instrucción, cuando esa vía administrativa es la adecuada".
Pero como quiera que el Reglamento de la Fiscalía estipula que la decisión de cesar provisionalmente a un fiscal cuando se abre juicio oral contra él debe adoptarla el fiscal general, Hurtado argumenta -al igual que hizo durante la instrucción cuando ya rechazó esa pretensión- que "debieran articularse los mecanismos para que se encargue de hacerlo quien le sustituya".
"Consciente" de revelar un contenido "confidencial"
El relato de hechos del magistrado del Supremo señala que "aprovechando" la información publicada por El Mundo el 13 de marzo de 2024, según la cual la Fiscalía había ofrecido a la pareja de Ayuso un pacto para que admita dos delitos fiscales, y no a la inversa -como realmente había sucedido- "y conociendo que se trataba del ciudadano Alberto González Amador, pareja de la Presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid", García Ortiz emprendió "un frenético intercambio de comunicaciones" con la finalidad de "ganar el relato a esa información por parte de la Fiscalía" sobre una cuestión "de tan escasa relevancia como de quién había surgido la iniciativa para llegar a un acuerdo en un pacto de conformidad penal".
Con ese intercambio de mensajes con varios fiscales, sobre todo a través de WhatsApp, García Ortiz pretendía "preparar una respuesta" y "dejar bien claro" que la Fiscalía no había ofrecido "ningún pacto de tal tipo". Para ello recurrió a la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez (a quien el instructor apartó del procedimiento in extremis), para que reclamara la secuencia de correos al fiscal que investigaba al novio de Ayudo, Julián Salto, cuyo contenido "conoció" Rodríguez y que reenvió al correo electrónico de García Ortiz, "pero no al oficial, sino al particular, según él mismo le había indicado".
"Para, a continuación, aquél (García Ortiz) -continúa el relato de Hurtado- "acabar facilitándolo a un medio, como la cadena Ser, para que le diera publicidad, consciente Álvaro de que revelaría el confidencial contenido de ese correo de 2 de febrero de 2024, lo que así ocurrió mediante un avance a las 23:25 horas en el programa radiofónico" ese mismo 13 de marzo, "un adelanto de su publicación a las 23:51 horas en la web de dicho medio".
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