Tribunales
El Supremo ratifica el archivo de la investigación a Puigdemont por el "caso Tsunami"
La instructora rechaza los recursos de las acusaciones y ve "imposible" el procesamiento del expresident por los disturbios contra la sentencia del "procés" en 2019
La magistrada del Tribunal Supremo (TS) Susana Polo ha ratificado su decisión de archivar el "caso Tsunami" contra Carles Puigdemont y el diputado de ERC Ruben Wagensberg tras anularse la investigación de la causa en la Audiencia Nacional por haberse prorrogado fuera de plazo el procedimiento. Susana Polo rechaza así los recursos presentados por Vox, Sociedad Civil Catalana y Dignidad y Justicia, que solicitaron que la investigación siguiese adelante.
Dignidad y Justicia argumentó que los indicios recabados contra los dos aforados antes del 29 de julio de 2021, cuando se produjo la prórroga fuera de plazo -lo que llevó a la Audiencia Nacional a anular la investigación a partir de esa fecha- son suficientes para procesar al expresidente de la Generalitat y a Wagensberg.
Mientras, Vox expuso que la decisión de archivar la causa fue "prematura y sin la debida motivación" y calificó de "complementarias" las diligencias anuladas, a falta de la declaración de los dos investigados, que considera "admisible y válida" aunque hubiese expirado el plazo de instrucción.
Sin embargo, la magistrada hace hincapié en que antes de julio de 2021 "no se llevó a efecto ninguna investigación de la causa determinante de la participación" de Puigdemont y Wagensberg en los hechos que se le imputan.
Polo subraya que el plazo legal para llevar a cabo la instrucción "es un límite que debe ser observado en el ejercicio de la función jurisdiccional", por lo que no cabe subsanarlo si se ha incumplido, pues es "infranqueable". De ahí que recuerda, en caso contrario acarrea "la invalidez de las diligencias llevadas a cabo" fuera de plazo, como determinó la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional. Esas diligencias, insiste, "no pueden servir para fundar el juicio de acusación".
Ya invalidada la investigación (como sucedió el pasado 8 de julio), recalca, no se puede acodar la declaración de los investigados, sino que únicamente procede acordar el procesamiento, "lo que resulta imposible en este caso, en el que ninguna diligencia de investigación se ha practicado en relación a los aforados". Polo insiste en que no es posible sustentar un hipotético procesamiento en las diligencias acordadas por el instructor de la causa en la Audiencia Nacional, el magistrado Manuel García Castellón (que acaba de jubilarse).
En definitiva, concluye que "no existe constancia alguna" en el procedimiento que instruye, que apunten a la participación de Puigdemont y Wagensberg en los hechos que se les imputan: la organización de Tsunami Democràtic en las protestas de 2019 contra la sentencia del "procés", incluida la toma del aeropuerto del Prat o el bloqueo de la AP-7 en el paso fronterizo de La Junquera.
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