Ley solo sí es sí

El Supremo rebaja la pena a tres hombres que agredieron sexualmente a una prostituta

El Tribunal reduce tres años de prisión al principal acusado con la propuesta favorable de la Fiscalía porque considera que con el "solo sí es sí" la nueva pena es más baja

La ministra de Igualdad, Irene Montero, interviene durante la clausura del primer Encuentro Internacional Feminista (EIF)
La ministra de Igualdad, Irene Montero, interviene durante la clausura del primer Encuentro Internacional Feminista (EIF)Alejandro Martínez Vélez Europa Press

El Tribunal Supremo acaba de bajar la condena a tres hombres que agredieron sexualmente a una prostituta en 2021. Los magistrados creen que la nueva pena con la reforma de la ley del "solo sí es sí" favorece este caso y la Fiscalía -que como regla general se opone a las rebajas- también se ha pronunciado de forma favorable a la rebaja. La Sala de lo Penal reduce de 13 a 10 años la prisión de los hombres.

Los hechos probados describen cómo el principal acusado contrató por teléfono los servicios de la víctima que trabajaba como prostituta. Fue la madrugada del 14 de marzo de 2021 en Valencia, cuando ella llegó al piso se encontró que no había un solo hombre sino tres en el salón. En la vivienda se había celebrado una fiesta y la chica se negó a realizar actos sexuales en presencia de las otras dos personas, así que el principal acusado reaccionó de forma violenta y le introdujo el pene en la boca mientras le sujetaba la cabeza diciéndole que hiciera su trabajo.

El Supremo ratifica las rebajas tanto del que forzó a la víctima como de los otros dos que fueron condenados por cooperadores necesarios porque en este caso es claro que la nueva regulación es más favorable. Al agresor principal le rebaja de 13 años a 10 años la pena de agresión sexual, si bien también confirma una condena (dos años) por tenencia de armas prohibida así que el total pasa de 15 años a 12 años. El Alto Tribunal rebaja también a los cooperadores necesarios de siete a seis años en el caso de uno y de seis años y medio a cinco y medio el otro. En este caso las reducciones no fueron apoyadas por la Fiscalía y, además, la magistrada Ana Ferrer emite un voto discrepante,