Tribunales

El Supremo vuelve a valorar si abre causa contra Conde-Pumpido por prevaricación

Tras desestimar la querella, el alto tribunal decidirá de nuevo si investiga la anulación de la sentencia del "Caso ERE" en el Tribunal Constitucional

Pedro Sánchez y Cándido Conde-Pumpido
Pedro Sánchez y Cándido Conde-PumpidoLa Razón

El Tribunal Supremo volverá a valorar si abre causa contra Cándido Conde-Pumpido y el resto seis magistrados del Tribunal Constitucional (TC) para investigar si pudieron incurrir en un delito de prevaricación con la anulación de la sentencia a los expresidentes socialistas andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como al resto de condenados en el "caso ERE",

En un primer momento el Supremo lo rechazó, fundamentalmente, apoyándose en que la ley establece -concretamente, el artículo. 4.2 LOTC- que "las resoluciones del Tribunal Constitucional no podrán ser enjuiciadas por ningún órgano jurisdiccional del Estado". Pero, en cualquier caso, -como no estimó que ocurriese- esta decisión debía haber implicado para existir indicios de prevaricación una "lesión de un derecho o del interés colectivo en el buen funcionamiento de la Administración de Justicia y en la realización del valor superior de Justicia que proclama el artículo 1 de la Constitución".

Ahora, la Sala Segunda analizará si admite o rechaza el recurso de suplica interpuesto por Hazte Oír y Vox contra la inadmisión de su querella contra el presidente del TC y el resto de magistrados progresistas.

La fiscal de la Sala de lo Penal del alto tribunal ha vuelto a apoyar que se desestime la alegación y confirme el archivo de la causa contra, además de Conde-Pumpido, las magistradas Inmaculada Montálban, María Luisa Balaguer, María Luisa Segoviano y Laura Díez, y los magistrados Ramón Sáez y Juan Carlos Campo.

Desde la asociación HO justificaban la presentación de la querella en que con la anulación del fallo que condenaba los "ERE" de la Junta de Andalucía con el PSOE supuso una invasión de las competencias por parte de la corte de garantías que corresponderían al Tribunal Supremo ya que el asunto "no tiene nada que ver con una posible inconstitucionalidad".

Los querellantes advertían de que uno de los miembros del TC, César Tolosa, se mostró contrario con un voto particular a la revocación de la condena manifestando que suponía la devastación de "los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo como máximo interprete de la ley".