"Procés"
El Tribunal de Cuentas descarta que Puigdemont declare por videoconferencia por el desvío de fondos del 1-O que tumba la amnistía
Considera que los motivos por los que el expresident no puede acudir a declarar no se han justificado
Carles Puigdemont no podrá declarar por videoconferencia en el juicio que se celebrara el próximo viernes en el Tribunal de Cuentas contra el expresidente de la Generalitat, el líder de ERC Oriol Junqueras y una treintena de exaltos cargos de la Generalitat por el supuesto desvío de más de tres millones de euros en la organización del referéndum ilegal del 1-O y en la promoción del "procés" en el extranjero a través de Diplocat. Esta es una de las causas que, según la ley de amnistía, deberían archivarse en aplicación de la medida de gracia con la consiguiente devolución de las fianzas, avaladas en parte por la Administración catalana.
La consejera de la Sección de Enjuiciamiento ha dictado una providencia denegando la pretensión de la defensa de Puigdemont, que adujo que no podía acudir a la vista por sus obligaciones profesionales, aunque lo cierto es que -al estar en vigor la orden nacional de detención cursada contra él por el juez Pablo Llarena-, el líder independentista no puede volver a España sin ser detenido.
El interrogatorio a Puigdemot fue aceptado el pasado día 6 en la audiencia previa celebrada en el tribunal, a petición del exconseller Lluís Puig, también huido, y otros dos codemandados, quien en noviembre habían solicitado que la comparecencia se llevase a cabo mediante videoconferencia.
Pero el tribunal entiende ahora -según informa el organismo contable- que la petición "no se ha realizado con la antelación suficiente para poder ser tramitada en los términos previstos por la ley", sobre todo teniendo en cuenta que los solicitantes "han tenido casi un año para poder realizar su petición y, sin embargo, no la han formulado hasta que faltaban cuatro días" para la celebración de la vista.
Su citación presencial se mantiene
Además, la consejera argumenta que no han justificado "las causas y razones" por las que Puigdemont "no podría comparecer a declarar" ante el Tribunal de Cuentas, tal y como se resolvió en la propia audiencia previa en diciembre de 2022, confirmándose en dos resoluciones posteriores en junio y octubre de este año.
En consecuencia, el tribunal determina que el próximo viernes se realizará en su sede "la práctica de las pruebas de interrogatorio de parte y testificales que fueron admitidas en la audiencia previa" y al finalizar la vista, la consejera determinará el comienzo del plazo para presentar las conclusiones por escrito.
Hace unos días, el Tribunal de Cuentas ya rechazó suspender la vista, como solicitaba el expresident y los que fueran sus consejeros, también huidos de la Justicia española, Antoni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig. La propia consejera desestimó así los argumentos esgrimidos por sus defensas: que el Tribunal de Cuentas no puede someterles a un doble enjuiciamiento en la medida en que están siendo investigados penalmente por los mismos hechos por el Tribunal Supremo.
La consejera dejó claro que no procedía acordar la suspensión en aplicación del principio de compatibilidad entre las jurisdicciones penal y contable, precisando que la sentencia del Tribunal Supremo "no resulta de aplicación a su caso concreto".
✕
Accede a tu cuenta para comentar