Tribunales
La justicia europea desestima los recursos de Puigdemont y Comín sobre su escaño
Asegura que el presidente del Parlamento Europeo actuó de manera correcta al denegarles sus actas de eurodiputados
La justicia europea ha cerrado definitivamente la puerta a que Carles Puigdemont y Toni Comín puedan ocupar un escaño en el hemiciclo europeo. Si bien esto no tiene ninguna repercusión para el expresident, ya que decidió no presentarse como candidato a las últimas elecciones europeas, sí supone un portazo para las ambiciones de Comín.
El Tribunal de Justicia de la UE ha desestimado el recurso de los dos políticos independentistas después de que en el pasado el entonces presidente de la Eurocámara, Antonio Tajani, les negase la posibilidad de haber ocupado su escaño ya que no habían cumplido las exigencias de la legislación española que obliga a jurar la Constitución. Ninguno de los candidatos acató este requisito ya que eso les hubiese obligado a desplazarse a España, a riesgo de ser detenidos.
En junio de 2019 la Junta Electoral notificó al Parlamento Europeo la lista de los candidatos electos y los políticos independentistas no aparecían en ella. Esto llevo al entonces presidente del Parlamento Europeo a considerar que no podían ser miembros de la Eurocámara.
El alto tribunal europeo desestima el recurso interpuesto por los dos políticos independentistas al considerar que “el presidente del Parlamento no dispone de ninguna competencia para controlar la exactitud de dicha lista, so pena de quebrantar el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros. Dicho control corresponde exclusivamente a los órganos jurisdiccionales nacionales, en su caso previa remisión prejudicial ante el Tribunal de Justicia, o a este último en respuesta a un recurso por incumplimiento”. La sentencia también recalca que “el presidente del Parlamento se limitó a hacer lo que estaba obligado a hacer: tomar nota de la lista de diputados electos notificada por las autoridades españolas, que constituía para él una situación preexistente derivada de decisiones que se habían adoptado en el plano nacional”.
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