
Tribunales
Tumban los registros al empresario Barrabés, investigado por su relación con Begoña Gómez
La Audiencia de Madrid anula la entrada policial en su domicilio y sus empresas porque Peinado lo ordenó sin exponer el "motivo"

La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a Juan Carlos Barrabés al anular los registros policiales de su domicilio y la sede de sus empresas. Los magistrados madrileños han admitido los recursos que presentaron tanto la Fiscalía como la defensa del empresario al que se investiga en el "caso Begoña Gómez" por sus relaciones empresariales con la mujer del presidente del Gobierno
La Audiencia anula así el auto con el que el juez Juan Carlos Peinado autorizó los registros el pasado 22 de agosto porque el instructor "no justificó la urgencia" que atribuyó a la practica de esta diligencia mientras Barrabés "se encontraba ingresado en el hospital", una circunstancia de la que era plenamente consciente al "constar los informes médicos" en la causa.
Esta instancia superior no da por suficientemente justificado por parte del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid que existiese un "urgencia o necesidad" para realizar los registros con premura y sin que el imputado, Barrabés, pudiese estar presente.
En el auto, los magistrados recuerdan que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que cualquier registro "se practicara siempre en presencia de la persona interesada" y solo puede llevarse a cabo sin que esta persona esté cuando "se deviene imposible" y, a la vez, no se pueda retrasar por necesidades de la investigación judicial.
Precisamente, resuelve que el juez Peinado en su auto "no permite conocer el motivo" que sustenta esta decisión de practicar la entrada y registro sin Barrabés presente. La Audiencia destaca que no refiere ningún dato de la información proporcionada en los sucesivos informes elaborados por la UCO y alude únicamente a la relación entre Begoña y el empresario.
Barrabés, que sufre una enfermedad, estaba ingresado en aquellos días del pasado agosto en el madrileño Hospital del 12 de octubre y se encontraba aislado y con las visitas restringidas. Durante la actuación policial en su vivienda particular le sustituyeron sus familiares y en las empresas, encargados.
La Audiencia reprocha también al instructor del procedimiento contra la mujer de Pedro Sánchez que ordenase un registro de la vivienda y las instalaciones del Grupo Barrabés habiendo transcurrido solo un mes desde que le tomo declaración como investigado y sin que "conste que exista hecho nuevo alguno" que apoyase la necesidad de efectuar esta diligencia. "No se puede obtener la verdad real a cualquier precio", llegan a advertir los jueces.
En el auto que lo anula, que ha tenido como ponente al magistrado Enrique Jesús Bergés, se califica de "genéricos" los datos que componen la fundamentación jurídica que respaldó los registros, especialmente en cuanto a que lo justificó con la "transcendencia mediática" de esta causa, de lo que "no se deduce un verdadero juicio de ponderación" por el juez en cuanto a la quiebra de la inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones que supone una medida como esta.
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