Caso Nóos
Un aumento de 100.000 euros a lo largo de 9 años
Las declaraciones de la infanta prueban que no hay irregularidades
El juez José Castro, soliticó a la Agencia Tributaria (AEAT) nuevos datos que permitan determinar si la infanta Cristina incurrió en fraude fiscal además de incorporar finalmente sus diez últimas declaraciones de la renta.
La primera de las declaraciones de IRPF de la Infanta Doña Cristina incorporadas al «caso Nóos» se refiere al ejercicio fiscal de 2002. En ella, figura 147.002,40 euros como rendimiento del trabajo dinerarios, a los que hay añadir los relativos al capital mobiliario, acatividades económicas y al mínimo personal y familiar. En total, sus ingresos esos años ascedieron a 220.416,40 euros. Tras las correspondientes deducciones, la Infanta tuvo que pagar a Hacienda 15.720,76 euros. En ésta y las siguientes declaraciones de la renta, se observa una división entre los rendimientos de trabajo, es decir, el sueldo de la Fundación La Caixa; y otros ingresos que se declaran en el capítulo de actividades económicas. Los ingresos en cada apartado van incrementándose por factores como el IPC o subidas que pudieran estar estipuladas en el convenio vigente de la entidad bancaria donde ejerce la Infanta. Hasta 2008 la distribución de los ingresos en la declración siguió este patrón. En ese ejercicio, Doña Cristina declaró 162.360 euros en retribuciones dinerarias y 139.050 en actividades económicas. «Son actividades económicas por la prestación como profesional de distintos servicios. El epígrafe 776 engloba a doctores o licenciados en Ciencias Políticas, Historia o Psicología. Vemos que la Infanta tuvo pocos gastos deducibles, el correspondiente a su Seguridad Social y 5% de deducción sobre el total que permite la ley. Al final cobró 129.312 euros», explica José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda.
Sin embargo, en 2009 se aprecia un gran aumento de los rendimientos del trabajo. Pero no se trata de que le subieran el sueldo en La Caixa de forma ostensible, «sino que probablemente facturó a través de una sociedad de profesionales y se imputó un sueldo, ya que esto implica varias ventajas fiscales», añade Mollinedo.
✕
Accede a tu cuenta para comentar