Bildu
Un juzgado de San Sebastián prohíbe a Bildu un acto a favor de los presos de ETA
La concentración estaba incluida en el programa oficial de fiestas de Icazteguieta
La concentración estaba incluida en el programa oficial de fiestas de Icazteguieta.
El Ayuntamiento de Icazteguieta (Guipúzcoa) no pudo celebrar ayer una concentración a favor de los presos de ETA. Un juzgado de lo contencioso-administrativo de San Sebastián ordenó horas antes la suspensión cautelar del acto al estar incluido en el programa oficial de fiestas del municipio y contar, por tanto, con la «cobertura» del consistorio, que gobierna EH Bildu.
El titular del juzgado estima así la demanda presentada por la Delegación del Gobierno en el País Vasco, que reclamó la adopción «con carácter urgente» de la suspensión del acto como medida cautelar. La representación del Estado interpuso este recurso contra el acuerdo del ayuntamiento de Icazteguieta que incluía, dentro del programa oficial de fiestas, la convocatoria a las 20:30 de ayer de una concentración bajo el lema «Euskal Presoen Aldeko Elkarretaratxea».
En su resolución, el juez matiza que no entra en el fondo de la celebración de concentraciones o manifestaciones, porque «no es objeto» del procedimiento contencioso administrativo planteado, sino que se limita a pronunciarse sobre «el carácter municipal que le atribuye la inclusión» del polémico acto en el programa festivo, informa Efe.
Al respecto, la resolución judicial indica que «es precisamente la oficialidad lo que entraña el núcleo del debate» y lo que motiva la decisión de adoptar una medida cautelar. El magistrado hace hincapié en que la movilización en favor de los presos de la banda terrorista debe distinguirse en sí misma de su «naturaleza oficial», motivada por la actuación del Ayuntamiento guipuzcoano «dándole cobertura al introducirlo en el programa de fiestas».
«Lo que se suspende –recalca en su auto– es el carácter municipal derivado de la inclusión en el programa de fiestas», dado que es precisamente el «apoyo» del Consistorio de Icazteguieta a esa iniciativa lo que acarreado que prosperase la medida solicitada por la representación del Estado. La resolución, que es firme y no admite recurso alguno, concede no obstante audiencia al ayuntamiento en un plazo de tres días.
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