Tribunales

El TS desestima la petición de Baltar de anular la causa penal al haber sido multado por vía administrativa

La magistrada sí que accede a la petición de la defensa oara que la Guardia Civil informe sobre el funcionamiento del radar que detectó al senador a 215 kilómetros por hora

José Manuel Baltar.
José Manuel Baltar.Europa Press

La magistrada de la Sala Penal del Tribunal Supremo, Ana Ferrer, ha rechazado acordar la nulidad de la causa penal que instruye por delito contra la seguridad vial contra el senador del PP José Manuel Baltar, que este había solicitado basándose en que ya fue multado en vía administrativa por los mismos hechos -con 600 euros y pérdida de 6 puntos del carné de conducir, y que pagó voluntariamente-.

La instructora, de acuerdo con la Fiscalía, desestima su petición y recuerda que la doctrina tanto del Tribunal Europeo de Derechos Humanos como del Tribunal de Justicia de la UE reconocen a los Estados la facultad de optar legítimamente por respuestas jurídicas complementarias a determinados comportamientos socialmente inaceptables -por ejemplo, el incumplimiento de las normas de tráfico, el impago de impuestos o la evasión fiscal- mediante distintos procedimientos que formen un conjunto coherente para tratar los distintos aspectos del problema social en cuestión, siempre que esas respuestas jurídicas combinadas no representen una carga excesiva para la persona afectada.

Especificidades del radar

En el mismo auto, la instructora sí que accede a la petición de la defensa, como diligencias de investigación, de librar oficios a la Dirección General de la Guardia Civil para que informe sobre las especificidades de determinados modelos de radar, sobre dónde se encontraba situado el radar que detectó el vehículo que conducía Baltar el 23 de abril de 2023 en la autopista A52, y sobre el funcionamiento de los aparatos que imprimen las multas.

La juez rechaza, sin embargo, de acuerdo con la Fiscalía, la práctica anticipada de la prueba testifical propuesta por la defensa, por considerarla innecesaria en este momento a los fines de la instrucción dados los datos consignados en el atestado y la documental incorporada al mismo, sin perjuicio de lo que en su caso pueda resultar de las diligencias acordadas.

Por último, sobre la petición que realiza la Fiscalía en su informe para que la instructora eleve suplicatorio al Senado para proceder penalmente contra el senador, deja la solicitud pendiente de resolver.