Ministerio de Justicia
Una jueza de la Audiencia lleva ocho meses de baja sin justificar
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial estudiará el próximo jueves la propuesta de la Comisión Disciplinaria de suspender durante tres meses a una jueza de la Audiencia Provincial de Madrid por una falta muy grave de ausencia injustificada a su destino.
Según consta en la resolución aprobada por la Comisión Disciplinaria, ha quedado acreditado que la afectada «no se incorporó a su puesto de trabajo al menos desde el día 7 de mayo de 2010, y sin que tampoco conste que desde esa fecha haya solicitada licencia por enfermedad ni haya aportado más justificación» que la «mera afirmación» de que esa incorporación «le ocasionaría importantes problemas de salud».
La magistrada solicitó en distintas ocasiones baja por enfermedad, que fueron concedidas por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sin embargo, el 7 de mayo de 2010 no accedió una petición en ese sentido después de que el informe emitido por la Clínica Médico Forense entendiese «que la baja se centraba en la conflictiva relación de la magistrada con el personal del juzgado y no en aspectos puramente psiquiátricos», por lo que debía reincorporarse «de inmediato» a su destino.
Sin embargo, hizo caso omiso a esa decisión y justificó su actuación en los «informes médicos que tenía en su poder». Sin embargo, el CGPJ esgrime que el juicio sobre la capacidad o no para el servicio «no puede realizarse de forma autónomamente por la magistrada interesada», sino que «lo correcto» es seguir el trámite previsto para esas situaciones.
«Lo que no puede, por carecer de base legal y reglamentaria, es decidir autónoma e independientemente sobre su no incorporación a su destino, ni aún en el caso de que dispusiere de informes médicos que así lo justifiquen», se afirma al respecto en el informe de la Comisión Disciplinaria del Consejo del Poder Judicial.
De esta forma, lo correcto habría sido solicitar su baja por enfermedad, o, en su caso, su jubilación por incapacidad, es decir, hacer uso de los «mecanismos» previstos para ello.
Estos datos son los que llevan a la citada comisión a proponer una suspensión de tres meses por una falta muy grave consistente en el «abandono de servicio o la ausencia injustificada y continuada, por siete días naturales o más» de la sede judicial.
Y ello, después de que dos médicos que declararon ante el instructor del expediente disciplinario manifestaron que «la patología de la magistrada –trastorno adaptativo generado por su conflictiva relación laboral– se mantiene mientras que no desaparezca la causa que la origina»
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