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Sinsentidos por Rosa Sansegundo

La Razón
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E l cobro de la pensión por un asesino u homicida es un contrasentido que sólo se produce tras la muerte por violencia de género. Es un sinsentido mucho mayor que cobrar por unos bienes asegurados tras haberlos robado. Lucrarse tras matar a una persona es lo mismo que hacen los sicarios: matan y cobran. En este caso se cobra tras matar, y del erario público. La seguridad social ha de revocar de forma inmediata las pensiones de viudedad a los asesinos que han matado a sus mujeres, porque así está fielmente regulado en nuestras leyes desde hace mucho tiempo, y ellos se vienen zafando desde que se reguló. La orden ministerial de 1967 ya regulaba las pensiones de viudedad y establecía como causa de extinción la declaración de culpabilidad , en sentencia firme, por parte de su titular en la muerte del causante. También el Código Penal de 1995 prescribe una consecuencia jurídica del delito accesoria a la pena, la pérdida de los efectos del delito, de contenido patrimonial. Y además la Ley Integral contra la Violencia de Género, impide que cobren las pensiones tras matar y quedarse viudos. En definitiva, los asesinos en ningún caso, según nuestro ordenamiento jurídico, tienen derecho a cobro tras el asesinato.

 

Rosa Sansegundo
Pta. Asociación contra la Violencia de Género de la Univ. Carlos III