España

El Gobierno pone límites al «turismo sanitario» para ahorrar 1000 millones

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto que establece los mecanismos para evitar el "turismo sanitario"y el "uso fraudulento"por parte de los extranjeros de los servicios de salud, que permitirá un ahorro de cerca de mil millones de euros al año.

Según ha informado el Ministerio de Sanidad en un comunicado, el ahorro que permitirá la norma aprobada "redundará"en la mejora de la dotación del Fondo de Cohesión Sanitaria del Sistema Nacional de Salud (SNS) y "contribuirá"a garantizar la sostenibilidad de la Sanidad Pública.

El departamento que dirige Ana Mato señala que el decreto, siguiendo las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, impedirá que el SNS sufrague la asistencia sanitaria de los europeos que ya la tienen cubierta por sus instituciones de seguridad social en sus países de origen o por sus seguros privados.

Asimismo, la norma establece reciprocidad con los requisitos que se les exigen a los españoles cuando se trasladan a otro país de la UE para recibir atención sanitaria.

Respecto a los extranjeros que residan en España de forma irregular, según Sanidad, se les prestará asistencia de urgencia, por enfermedad o accidente, atención en el parto, embarazo, postparto, así como a los menores de 18 años.

La norma aprobada, que desarrolla a su vez el real decreto de la reforma sanitaria, tiene como objetivo, a juicio del ministerio, garantizar la universalidad del derecho a la atención sanitaria pública, al regular la condición de asegurado y de beneficiario del SNS.

Las personas aseguradas serán los trabajadores por cuenta ajena o propia, los pensionistas de la Seguridad Social y los desempleados que han agotado la prestación.

También serán aseguradas las personas que no tengan ingresos superiores a 100.000 euros anuales ni cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía cuando sean españoles y residan en el país, o bien sean comunitarios, o del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o estén inscritos en el Registro Central de Extranjeros o sean de un país distinto de los anteriores con autorización para residir en España.

Con esta regulación, indica el comunicado, colectivos que hasta ahora estaban fuera del SNS, como ciertos arquitectos y abogados -especialmente afectados por la crisis, en algunos casos- quedan incorporados.

La condición de beneficiarios la ostentarán, siempre que residan en España, el cónyuge o pareja de hecho, el excónyuge o persona separada judicialmente a cargo del asegurado, así como los descendientes y personas asimiladas a cargo del mismo que sean menores de 26 años o que, siendo mayores, tengan una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

El procedimiento para el reconocimiento de la condición de asegurado o beneficiario se tramitará y resolverá por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, por el Instituto Social de la Marina.

En la mayoría de los casos -trabajadores por cuenta propia o ajena, pensionistas, desempleados- el reconocimiento se hará de forma automática y para el resto de supuestos deberá presentarse una solicitud debiendo resolverse y notificarse al interesado en el plazo de 30 días.