Francia

ANÁLISIS: Problema público por Antoni CAÑETE

La Razón
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- ¿Qué propone su plataforma para evitar el aumento de las deudas?
Que las administraciones reconozcan de manera oficial y por escrito las cantidades que adeudan a sus proveedores y pacten con las entidades financieras para que concedan liquidez y financiación a las empresas; que las administraciones prioricen el pago de sus facturas pendientes a los proveedores a los que les adeude una cantidad que, de no cobrarla, cerrarían; que las pymes y autónomos no tengan que adelantar el IVA de las facturas no cobradas; y que se cumpla el compromiso de crear una línea ICO, disposición adicional de la Ley 15/2010, que instaba a que en 30 días se instrumentaría una línea de crédito directa, en condiciones preferentes, para sufragar la deuda de las administraciones.

- ¿En qué punto se encuentra el Observatorio de la Morosidad?
Se ha cerrado un periodo de alegaciones al borrador del Ministerio de Industria. La Dirección General de la Pyme ya ha cerrado el periodo de alegaciones para cambiar el Real Decreto por el que se regula el Observatorio de la Pequeña y Mediana Empresa y dar cabida en el mismo a la plataforma, tal como recoge la Ley. Hay prevista una reunión con el Ministerio para ir avanzando los objetivos de este Observatorio el próximo 27 de julio y esperamos que el nuevo RD esté publicado a finales de septiembre.

- ¿Qué valoración hacen del primer año de aplicación de la reforma de la Ley de Lucha contra la Morosidad?
La valoración es positiva, ya que los plazos de pago se redujeron en el sector privado, aunque bien es cierto que la morosidad pública aumentó. Sabíamos que el contexto no era propicio para el cumplimiento de unos determinados plazos de pago, pero de no haberse aprobado esta reforma, la situación financiera de muchas empresas, sobre todo pequeñas y medianas, sería aún más grave. Se ha publicado la obligación de que todas las empresas informen de sus plazos medios de pago en sus cuentas anuales. Además, el que pagaba antes a 180 días lo hacía de forma legal. Pero hoy, quien lo hace incumple una Ley.

- ¿Por qué funciona tan bien la Ley de Morosidad francesa?
Dos años después de la entrada en vigor, el 65% de las empresas francesas han adaptado sus plazos de pago a los marcados por la ley, según la cual, la limitación de los plazos entre empresas es de 60 días naturales o 45 días fin de mes. Actualmente, el periodo medio de pago en Francia es la mitad que en España, lo que nos da una idea de la necesidad de financiación externa de nuestras empresas. y de la falta de competitividad de nuestro tejido empresarial.


EL DATO
Ley 15/2010

Una disposición adicional de esta norma instaba a que en el plazo de 30 días se instrumentaría una línea de crédito directa para sufragar la deuda histórica de las administraciones públicas.


Antoni Cañete
Portavoz de la Plataforma contra la Morosidad