Sevilla
Otro decreto-ley convalidado de urgencia y en la Diputación Permanente
El artículo 110 del Estatuto de Autonomía recoge que «en caso de extraordinaria y urgente necesidad el Consejo de Gobierno podrá dictar medidas legislativas provisionales en forma de decretos leyes, que no podrán afectar a los derechos establecidos en este Estatuto, al régimen electoral, ni a las instituciones de la Junta de Andalucía»
Esta excepcionalidad se está convirtiendo en habitual en los últimos tiempos; sólo en el año 2010, la Junta recurrió seis veces a esta figura para sacar adelante distintas normativas. La primera Diputación Permanente del año se estrenó con esta costumbre: la convalidación del decreto-ley de medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía y simplificación, agilización administrativa y mejora de la regulación de actividades económicas en la comunidad. El mismo procedimiento que con el decreto de reordenación del sector público. EL PP se opuso e IULV-CA se abstuvo: los votos del PSOE fueron suficientes.
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