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El TS confirma la condena a un año de cárcel a Tasio Erkizia por enaltecer a ETA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año de cárcel impuesta al histórico dirigente de Batasuna Tasio Erkizia por enaltecer a ETA durante su intervención en un homenaje tributado el 21 de diciembre de 2008 en Arrigorriaga (Vizcaya) al etarra fallecido José Miguel Beñarán, alias "Argala".

Los magistrados de la Sala de lo Penal, presididos por Juan Saavedra, han desestimado el recurso de Erkizia y han confirmado la sentencia condenatoria dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en mayo de 2011.

En el acto de homenaje, que estuvo presidido por un retrato de gran tamaño de "Argala"y por un cartel con el lema "independencia y socialismo 1949-1978", se proyectaron en una pantalla varias fotografías, entre ellas imágenes de etarras encapuchados.

En su discurso, Erkizia afirmó que había que utilizar "la vía que más daño hiciera al Estado". Al término de su intervención, los asistentes –cientos de personas- corearon gritos a favor de ETA y posteriormente tuvo lugar una manifestación.

La sentencia hecha pública hoy por el Supremo subraya que "todos estos gestos no pueden interpretarse sino como que el acto tenía por finalidad la loa de ‘Argala'", de quien dice que es "notorio que fue dirigente de la banda"y destaca su gran influencia en la pervivencia del terrorismo etarra tras la instauración del Estado democrático".

"Quedó patente por las imágenes vistas en el plenario que el acto es un homenaje a José Miguel Bañarán Ordeñana, 'Argala', pues es un acto que se celebra en su honor, con claras muestras de veneración y respeto hacia él con motivo del trigésimo aniversario de su fallecimiento", indica el Supremo.

Los magistrados subrayan además que Erkizia "no había tenido relación de amistad ni trato o contacto especial con José Miguel Beñarán Ordañana, ‘Argala', cuya única actividad conocida fue su pertenencia, como dirigente, de ETA".

El magistrado Joaquín Giménez ha emitido un voto particular discrepante el entender que el Supremo debería haber absuelto a Erkizia. "No se está ante una manifestación del discurso del odio y del exterminio del disidente que tantas veces se ha escuchado en Euskadi, o al menos hay unas dudas tan razonadas como he tratado de exponer, que deben desembocar en virtud del principio "favor libertatis"a la absolución", señala Giménez en su voto particular.