Abusos a menores

Nueve años de cárcel por abusar de sus tres hijos reiteradamente

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a nueve años y nueve meses de cárcel y al pago de una indemnización de 36.000 euros a un hombre, identificado como J.A.L.C., acusado de abusar sexualmente de sus tres hijos menores de 13 años de edad entre los años 2005 y 2007.

En la sentencia, la Sección Primera considera probado que el procesado, en fechas indeterminadas pero que pueden fijarse en el periodo comprendido entre 2005 y 2007, "movido por el ánimo de satisfacer sus libidinosos deseos", ha venido realizando "de modo reiterado y dilatado en el tiempo"comportamientos de índole sexual sobre los tres hijos menores.

En este sentido, añade que el acusado, a fin de conseguir su objetivo, "desarrollaba su conducta en lugares como el domicilio del poblado de Trajano, el granero anejo al mismo, o el campo, valiéndose para ello de la ausencia ocasional de la madre y procurándose el resguardo con respecto al conocimiento de terceros".

Añade que el procesado, "con el expresado ánimo libidinoso y con el fin de facilitar la ejecución de sus impúdicos propósitos y de ocultar a los menores el alcance y desvalor de sus actos", les dijo que se trataba de "pasatiempos"para tocarle los órganos genitales y las zonas íntimas.

Los menores accedían a los requerimientos "al desconocer el significado de los mismos y amparados por la relación paterno-filial que les une con el procesado, quien, para lograr la impunidad de su clandestina conducta, les transmitía la idea de que se trataba de algo secreto que no debían contar a nadie".

Estas conductas han desencadenado en los tres menores de edad "niveles elevados de ansiedad, conductas agresivas, rebeldía y determinadas reacciones de estrés postraumático, pudiendo además afectar a su futuro desarrollo e identificación sexual, secuelas que han requerido adecuado tratamiento psicológico".

La Audiencia considera que los testimonios de dos de los menores son "creíbles"y en los mismos "no se observan contradicciones", resultando "coincidentes en cuanto a las circunstancias y el contenido de los abusos producidos", a todo lo cual se suma que sus manifestaciones "han ido acompañadas de gestos que las corroboran y que les dan mayor verosimilitud, sin que se aprecie que estuvieran guiados por un móvil espurio".

Así, subraya que "no resulta creíble que dos niños de tan corta edad puedan describir tales conductas, de manera absolutamente coincidente, así como que puedan escenificar algunas de ellas, si no es porque las han visto, pues si se tratara de un relato aprendido, hubieran olvidado algún episodio o lo hubieran relatado de manera diversa". El tercero de los menores, por el contrario, "ha mantenido distintas explicaciones sobre lo acaecido, pasando por diversas fases".

El fallo dice que los hechos resultan además corroborados por las manifestaciones efectuadas por los testigos de referencia, añadiendo que "frente a este cúmulo de pruebas, el procesado se ha limitado a negar los hechos así como la propia existencia de los juegos descritos, respecto de los cuales podría haber dado otras explicaciones". "Su mero alegato exculpatorio no ha logrado convencer a este tribunal", apostilla.

Por ello, considera que "no albergamos duda de que los abusos, efectivamente, se produjeron de manera continuada en un dilatado lapso de tiempo respecto de los tres hermanos", condenado al acusado a tres años y tres meses de cárcel por cada uno de los tres delitos de abusos sexuales cometidos, así como al pago de 12.000 euros a los tres menores en concepto de perjuicios morales. Además, le inhabilita para ejercer la patria potestad por tiempo de cuatro años.