Extremadura
El 90% de los juguetes acuáticos de importación incumple la normativa
El incumplimiento más habitual es no informar de la edad mínima para jugar, mientras que llevar la marca CE no garantiza que sean seguros
El 87,5 por ciento de los juguetes acuáticos de importación, la mayoría procedentes de China, incumple la normativa. Así lo indica un estudio de la Unión de Consumidores de Extremadura. "No cumplen la normativa sobre juguetes acuáticos, a pesar de llevar impreso la marca CE", afirman en la asociación. Los autores del estudio analizaron diversos juguetes náuticos que se encuentran a la venta. Según señalaron, los juguetes acuáticos "solo pueden ser utilizados en aguas donde el niño haga pie y bajo vigilancia". "No protegen contra el ahogamiento", indicaron desde la asociación. El incumplimiento más habitual es no informar de la edad mínima para usar el juguete, además de que llevar la marca CE no garantiza que sean seguros. La UCE recordó que no se deben confundir los juguetes acuáticos como flotadores de cintura, manguitos, con los artículos de ayudas a la flotación, que están destinados al aprendizaje de la natación, y que "proporcionan una flotabilidad positiva, pero tampoco protegen completamente del ahogamiento, por lo que deben ser utilizadas, igualmente, en aguas donde el usuario haga pie y bajo vigilancia". En el caso de los juguetes acuáticos hinchables, como manguitos, flotadores, chalecos, burbujas, la UCE ha recomendado "mucha precaución"ya que "de no cumplir con la normativa de seguridad, pueden ser peligrosos". "Es necesario tenerlo muy presente, para que a la hora de comprarlos, no miremos el bolsillo, sino la seguridad", señaló la UCE, quien ha destacado que al comprar uno de estos artículos se debe observar que especifique la edad de los niños a los que está destinado y si está indicado para la piscina o la playa. La UCE indicó además que hay que tener en cuenta que un flotador "no es un salvavidas, que el niño debe utilizarlo en aguas donde toque el fondo con el pié y además siempre bajo la vigilancia de un adulto".Ante esta situación, la UCE explicó que estos artículos deben tener contempladas en su etiquetado una serie de información que "ha de ser cierta, eficaz, veraz y objetiva", y "en ningún caso puede inducir a error a quienes lo adquieren o a quienes lo utilizan". Destacó además que la etiqueta debe tener información obligatoria del juguete, como el marcado 'CE', el nombre y/o razón social y/o marca así como dirección del fabricante o de su representante autorizado o importador de la UE, la información sobre su uso y montaje en castellano u otro idioma oficial del lugar donde se compre el juguete o la edad mínima para su utilización si es necesaria. También debe recoger las advertencias acerca de los riesgos derivados del uso de juguete y manera de evitarlos, y además, los juguetes náuticos deberán llevar impresa la leyenda '`Atención! Utilizar sólo en agua donde el niño pueda permanecer de pie y bajo vigilancia'. Sobre los resultados del estudio, la UCE explicó que el "incumplimiento mayoritario"de los juguetes, en un 75 por ciento, es no informar de la edad mínima de utilización del juguete. Además, la UCE recomendó que los productos que se adquieran lleven la marca CE con el fin de "garantizar que cumplen la normativa europea de seguridad", pero alertó de que el estudio de mercado realizado por Consumidorex a ocho juguetes importados, "ha demostrado que no todos los juguetes que llevan están marca son seguros". Explicó que todos los juguetes examinados en este estudio, tenían impreso el sello CE en su etiquetado, pero todos ellos, excepto uno, "incumplen con la normativa mínima que exige la administración". En este sentido, la UCE consideró "obvio", que "el hecho de que un juguete contenga la leyenda CE no significa que haya superado los controles de seguridad", por lo que instó a los consumidores a "extremar la precaución, a la hora de adquirir juguetes fabricados en países fuera de la Unión Europea." Finalmente, la Unión de Consumidores de Extremadura-UCE reclamó, por un lado, que las administraciones competentes "extremen las inspecciones, apliquen las medidas sancionadoras y propicien sistemas de control de calidad externos a las propias empresas importadoras", y por otro, que los importadores "articulen mecanismos de control de calidad y seguridad de sus productos".
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