Pamplona

La Fiscalía insiste en el Supremo: exhibir fotos de etarras sí es delito

En pleno debate sobre si la mera exhibición de fotografías de etarras acarrea o no un delito de enaltecimiento del terrorismo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido ante el Tribunal Supremo la absolución de cuatro miembros de la comparsa bilbaína de «Txori Barrote» que tenían colgado en su txozna (caseta de fiestas) un cartel con la imagen de 95 presos de la banda

La Razón
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El recurso de casación ya ha sido formalizado por la Fiscalía del Tribunal Supremo ante la Sala Segunda del Alto Tribunal, donde Dignidad y Justicia (DyJ) ha presentado también el correspondiente recurso. Y es que en el cartel figuraban las fotos de los asesinos del fiscal jefe de Andalucía Luis Portero, padre del presidente de esta asociación, Daniel Portero (quien precisamente denunció los hechos tras acudir a la txozna «Txori Barrote»).

La Sección Tercera de lo Penal absolvió el pasado octubre a los cuatro responsables de la txozna al entender que, lejos de querer exaltar a ETA, la exposición de las instantáneas sólo pretendía «reivindicar el acercamiento de tales presos a las cárceles del País Vasco». En esa misma línea, la Sección Primera ha absuelto hace unos días al propietario y a la camarera de un bar de Pamplona del delito de enaltecimiento. ¿El argumento? La exhibición de fotos de etarras debe entenderse, según los magistrados, en «clave de crítica política».

Sin embargo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional no comparte ese criterio y cree que con ese proceder se está «legitimando y justificando explícitamente la actuación terrorista, sus partícipes y sus fines». En el recurso planteado ante el Supremo la pasada semana por infracción de ley e inaplicación del delito de exaltación del terrorismo y humillación a las víctimas –al que ha tenido acceso LA RAZÓN–, mantiene que el juicio del tribunal de «excluir la intención de enaltecer o justificar el terrorismo ante la concurrencia de un propósito reivindicativo» (el acercamiento de los presos a su lugar de origen) es «radicalmente equivocado».

Invocando la jurisprudencia del propio Supremo y del Tribunal Constitucional, el departamento que dirige Javier Zaragoza cree que «la única conclusión posible era condenatoria». Para el Ministerio Público, la exhibición de las fotos supone «de forma inequívoca» la intención «de enaltecer o justificar la actividad terrorista» de esos etarras a través «de su condición de penados», un valoración en la que también abunda DyJ en su recurso.

Fiscalía y DyJ insisten en la presencia en el local de símbolos de la ilegalizada Askatasuna. El «único nexo en común» de las 95 personas fotografiadas, recuerda DyJ, «es su pertenencia a ETA».