San Sebastián

El juez Ruz resucita el «caso Faisán»

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz quiere tenerlo todo atado y bien atado en la investigación relacionado con el supuesto «chivatazo» a ETA, antes de decidir si archiva la causa o la remite a la Sala de lo Penal para que sea ésta la que acuerde lo que considere precedente.

 
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Por ello, ha ordenado una serie de diligencias y las declaraciones de dos policías relacionados con esa operación policial, en mayo de 2006, declaración y del subdirector de LA RAZÓN Jesús María Zuloaga, éste último relacionado con una conversación mantenida con el entonces jefe superior de Policía del País Vasco meses después de la misma se llevara a cabo.

Y es que el magistrado considera que antes de pronunciarse sobre la petición de la Fiscalía de decretar el sobreseimiento de la causa es necesario esclarecer todos los aspectos relacionados con lo ocurrido en el bar «Faisán» de Irún. El motivo no es otro que analizar la existencia de indicios de que en esa operación policial se pudieron cometer delitos. En concreto, revelación de secretos y colaboración con organización terrorista, castigados con tres y de cinco a diez años de cárcel, respectivamente. El magistrado es contundente al respecto: «Los hechos objeto de las presentes actuaciones, en una primera aproximación indiciaria, sin entrar por el momento en la determinación de su autoría y sin perjuicio de lo que pueda acreditarse en sede de plenario, revisten los caracteres de un presunto delito de revelación de secreto por parte de autoridad o funcionario público... así como de un presunto delito de colaboración con banda armada, organización o grupo terrorista».

El magistrado concreta lo anterior al señalar que, según lo actuado hasta el momento en la causa, «nos encontramos ante una acción presuntamente ejecutada por miembros del Cuerpo Nacional de Policía, tendente a evitar la detención, junto con las posteriores diligencias policiales y judiciales, de determinadas personas que estaban siendo investigadas» en un procedimiento relacionado con la red de extorsión de ETA.

Esa actuación de funcionarios policiales, añade el magistrado al respecto, se concretó, de forma indiciaria, en «la delación» al investigado dueño del bar «Faisán» de Irún, Joseba Imanol Elosúa, para así «evitar la inminente detención», el mismo día 4 de mayo de 2006, del presunto etarra José Antonio Cau Aldanur.

Aldanur, pone de manifiesto el magistrado Ruz, tenía previsto trasladarse de Francia a Irún ese día para reunirse con Elosúa, «a fin de materializarse la entrega de una supuesta cantidad de dinero procedente del cobro del "impuesto revolucionario", consiguiéndose del mismo modo, con la perpetración de la acción aquí investigada, evitar la detención de otras personas» investigadas.

«Aclarar contradicciones»

En cuanto a las diligencias que ordena el instructor, éstas se centran en dos aspectos. En primer lugar, cita a declarar para el próximo día ocho al entonces jefe de la Sección Operativa de la Brigada Provincial de Información y a la entonces jefa de la Sección de Análisis de ese Cuerpo, quienes han testificado en esta causa.

El motivo de citarles nuevamente es que puedan «aclararse determinadas contradicciones apreciadas entre los diversos testimonios recabados» respecto a lo ocurrido los días tres y cuatro de mayo de 2006 en el transcurso de la citada operación policial.

Ese mismo día comparecerá igualmente, en calidad de testigo, el subdirector de LA RAZÓN Jesús María Zuloaga, en relación con una conversación telefónica con el entonces jefe superior de Policía del País Vasco.

Cinta de video-vigilancia

La segunda diligencia, esencial para el esclarecimiento de los hechos ocurridos en los alrededores del bar «Faisán» de Irún, está relacionada con la cinta de vídeo-vigilancia que se grabó de lo sucedido y de la cadena de custodia del mismo. En este punto, solicita dos informes, uno al Equipo investigador de la Policía que actuó, que dirigía el inspector jefe Carlos G., y otro a la Guardia Civil, que deberán remitir en 15 días. El primero de esos dictámenes debe detallar «la cadena de custodia seguida sobre el referido soporte audiovisual» hasta que llegó al juzgado, es decir, los agentes o funcionarios que la tuvieron bajo su control.

El reclamado a la Guardia Civil, debe centrarse en los «diversos cortes e interrupciones que presenta» la cinta, en determinar si «son simultáneos a la grabación original o si se producen con posterioridad, así como la intencionalidad o accidentalidad de los mismos» y si es posible recuperar las imágenes borradas.

Tráfico de llamadas

Por otro lado, el juez ha advertido a dos de los tres imputados en esa causa que es «indispensable» que identifiquen al confidente etarra con el que, según declararon, iban a mantener una reunión en Francia y que eso justificaba el tráfico de llamadas telefónicas registradas en torno al «Faisán». El magistrado pretende tomarle declaración, garantizando, eso sí, el secreto de su identidad en todo momento.


Las pruebas del juez
1.Declaraciones
El próximo 8 de febrero están citados a declarar los que fueron inspector jefe de la Sección Operaciones de la Brigada Provincial de Información de San Sebastián y jefa de la Sección de Análisis de esa Brigada. El objetivo es esclarecer algunas «contradicciones» detectadas en sus comparecencias anteriores. También declarará el subdirector de este periódico Jesús M. Zuloaga. Los tres lo harán en calidad de testigos.
2. Informes
El Equipo investigador de los hechos deberá informar sobre la «cadena de custodia» de la cinta de vídeo-vigilancia» grabada el día de los hechos. La Guardia Civil tendrá que hacer un dictamen sobre si los cortes que aparecen en la cinta fueron intencionada o accidentalmente
3. Confidente etarra
El juez quiere interrogar al confidente etarra al que se refirieron en sus declaraciones dos de los imputados.