Huelva

Advierten a Planas de irregularidades generalizadas en las obras de regadíos

Los contratos, con fondos europeos, se adjudican sin «transparencia ni objetividad»

Advierten a Planas de irregularidades generalizadas en las obras de regadíos
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SEVILLA- La denuncia presentada por la comunidad de regantes de las Marismas del Guadalquivir ante la Fiscalía, el Ministerio de Agricultura y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) por las presuntas irregularidades en las obras de modernización de sus regadíos no es un caso aislado. Así lo entiende, por ejemplo, la Cámara de Contratistas de Andalucía, que en una carta enviada al consejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Luis Planas, expone situaciones anómalas que se producen de manera generalizada en diversas obras de mejora de los regadíos. En la misiva, a la que ha tenido acceso este periódico, se detallan comportamientos que vulneran la legalidad y que hacen albergar a este organismo serias dudas de que en las distintas adjudicaciones se hayan respetado «los principios básicos de transparencia, objetividad, libre competencia y de selección de la oferta económicamente más ventajosa».

Las obras de modernización de regadíos cuentan con fondos públicos, cofinanciados por la Unión Europea a través de fondos Feader al 70 por ciento. La Junta de Andalucía gestiona ese dinero y debe ser garante de su buen uso ante las autoridades europeas. El proceso, de forma general, suele ser el mismo: las comunidades de regantes solicitan la subvención ante la Administración andaluza para la ejecución de las obras; la Consejería de Agricultura –o alguno de sus entes instrumentales– concede la ayuda y aprueba el proyecto; y los comuneros convocan el concurso y adjudican los trabajos. La subvención concedida y, normalmente, una línea de crédito negociada por las comunidades de regantes con una entidad financiera, permiten que avancen los trabajos.

A partir de ahí, la casuística es muy variada. En este caso concreto, la Cámara de Contratistas se queja de que los procesos de adjudicación no se desarrollan conforme a derecho. Señalan que la subvención que reciben estas obras supera el 50 por ciento, por lo que deben de estar sujetos a regulación armonizada –sometidos a directrices europeas–. Aunque formalmente son los comuneros los que adjudican las obras, recuerdan que la Junta gestionó las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones a través de la Orden de 28 de julio de 2009. En ella, entre otras cosas, se decía que «en la ejecución de actuaciones deberán respetarse los principios de publicidad y concurrencia que se contienen en la Ley 30/2007 de Contratos del sector Público, sin perjuicio del régimen jurídico que se corresponda a cada beneficiario por razón de su naturaleza. El procedimiento deberá ser acreditado previamente al pago de las ayudas...».

El informe enviado al consejero con fecha 26 de junio incluye varios ejemplos. El proyecto de mejora de la comunidad de regantes del Chanza y Piedras, en Huelva, está impugnado por retrasarse la fecha de licitación; o en el de la comunidad de regantes Vega Campo Baeza denuncian que se han aplicado criterios técnicos «ajenos a la legalidad y que parecen primar a determinadas empresas».

La Cámara de Contratistas pide a Planas que se introduzca «el procedimiento de concurrencia competitiva, como elemento que permitirá una ejecución presupuestaria más eficaz».


La arbitrariedad hecha norma
1.- Las Comunidades de Regantes vienen imponiendo una tasa económica para la retirada de la documentación necesaria para la realización de la oferta. Alega contra los principios de la libre competencia.
2.- Se impone el depósito de una garantía provisional del 2 por ciento del Presupuesto base de licitación. Va contra un acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta.
3.- Se están realizando correcciones al pliego de licitación sin proceder a su publicación en los mismos medios.
4.- Se introducen criterios de valoración técnica para primar a determinadas empresas.
5.- Se emplean criterios de valoración económica que limitan las bajas no incursas en anormalidad de valores.
6.- Aplicación de fórmulas matemáticas para favorecer a empresas con mayor puntuación técnica, independientemente de que las ofertas económicas sean muy superiores a la media.