Cataluña
ANÁLISIS JURÍDICO: La llave para evitar la consulta está en el TC
MADRID- El pulso soberanista de Artur Mas puede terminar, si sigue adelante con su intención de convocar un referéndum independentista, ante el Tribunal Constitucional. Los nacionalistas no guardan muy buen recuerdo del Alto Tribunal, a quien reprochan que descafeinara el Estatut con una sentencia que, además de negar efectos jurídicos a la definición de Cataluña como nación, recortaba algunas de las competencias que se había atribuido por considerarlas inconstitucionales. Ahora, éstas son las vías a las que podría acudir el Gobierno para frenar el desafío independentista de la Generalitat:
Recurso de inconstitucionalidad ante el TC
Si finalmente el Gobierno catalán recurre a un proyecto de ley para convocar la consulta soberanista, el Ejecutivo podría recurrir a esta vía, que suspendería la consulta hasta que se conociera la sentencia. Así sucedió en 2008 con el «plan Ibarretxe». Un mes antes de celebrarse el referéndum, el TC lo declaró inconstitucional por invadir las competencias exclusivas del Estado.
Conflicto de competencias ante el Constitucional
En el caso de que Cataluña convoque la consulta por decreto sin autorización del Gobierno, éste podría plantear ante el TC en el plazo de dos meses un conflicto positivo de competencias al entender que «no respeta el orden de competencia establecido en la Constitución». Esta iniciativa suspendería automáticamente la convocatoria. Si antes de cinco meses no hubiese sentencia, el tribunal debería pronunciarse sobre el levantamiento o la prórroga de la suspensión.
Delito de desobediencia
En el hipotético caso de que Artur Mas insistiese, pese a una sentencia contraria del Tribunal Constitucional, en convocar el referéndum, el presidente catalán podría incurrir en un delito de desobediencia del artículo 410 del Código Penal, castigado con penas de multa e inhabilitación para el desempeño de cargo público de seis meses a dos años por «negarse abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales».
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