Actualidad

La ley de huelga pendiente desde hace 34 años

Una norma preconstitucional sigue regulando los paros

La Razón
La RazónLa Razón

Madrid- Pocos mandatos constitucionales han encontrado tan escaso eco en la clase política como el que recoge el artículo 28,2 de la Carta Magna. Cuando a los «padres» de la Constitución se les ocurrió añadir, al reconocer el derecho de huelga, que una ley debería regularlo para evitar huelgas abusivas estaban muy lejos de imaginar que, casi 34 años después, ese imperativo legal seguiría sin cumplirse. La regulación del derecho de huelga, como el cambio de la ley electoral, es uno de esos compromisos que, periódicamente, se deslizan en los programas de los grandes partidos con la misma rapidez con la que pronto caen en el olvido.

Ningún gobierno ha estado dispuesto hasta ahora a arriesgarse a que le cuelguen el sambenito de limitar los derechos de los trabajadores por poner coto a los paros. Y mientras unos y otros deshojaban la margarita, el derecho de huelga ha estado regulado durante las tres últimas décadas por una ley preconstitucional promulgada en 1977 que únicamente ha pasado por el tamiz del Tribunal Constitucional, que cuatro años después la expurgó de preceptos ajenos a nuestra Carta Magna.

Hasta el momento, esa normativa se ha demostrado insuficiente para evitar que, al amparo del derecho de huelga, los ciudadanos sean tomados como rehenes por los sindicatos para hacer una demostración de fuerza (en la memoria de todos están los sonados paros del Metro de Madrid o de los controladores aéreos). Y a día de hoy, sólo los nacionalistas del PNV y CiU y UPyD se han mostrado públicamente a favor de la regulación de la huelga.

Después de padecer tres huelgas generales, el Gobierno de Felipe González estuvo a punto de coronar con éxito el mandato constitucional en 1992. El proyecto de ley incluso llegó al Parlamento, pero finalmente se desvaneció después de que el Grupo Parlamentario Socialista modificara el texto de común acuerdo con los sindicatos, soliviantando a los empresarios.

Mientras tanto, las iniciativas para afrontar por fin la regulación del derecho de huelga y evitar por ley los paros abusivos siguen oscilando entre quienes piensan que «la mejor ley de huelga es la que no existe» y los que abogan por la autorregulación de sindicatos y empresarios en este campo.

Con estos antecedentes, Rajoy afrontará el 29-M, sin siquiera la cortesía de los cien días, su primera huelga general con la reforma laboral en el punto de mira. Será el séptimo paro masivo de la democracia. La incógnita reside en saber si cuando llegue la octava habrá por fin una ley de huelga en vigor.

 

ITALIA
Una norma controla los paros y los servicios mínimos

Es el único país de nuestro entorno que tiene una legislación concreta en materia de huelga. Los paros se rigen por una norma que regula desde 1990 este derecho y que fue modificada en 2001. Establece, entre otros, los servicios mínimos, las sanciones y regula todo lo que afecte a servicios públicos esenciales.

Reino unido
Al amparo de lo que dicta la Ley de Libertad Sindical

Tampoco existe una ley de huelga como tal. La norma de referencia en estos casos es la Ley de Libertad Sindical. Eso sí, el Gobierno amenazó hace unos meses con endurecer la legislación sobre las huelgas ante las amenazas de los sindicatos de convocar paros en el país.

ALEMANIA
La última palabra la tienen los estados federales

Sin una ley de huelga, en Alemania los encargados de controlar los paros de los trabajadores suelen ser los estados federales. Se rigen por las normas del Tribunal Laboral Federal, que suelen ser leyes diferenciadas sobre distintos aspectos que afectan a los trabajadores germanos.