Málaga

Sigue adelante el procedimiento contra Isabel Pantoja por blanqueo

El órgano judicial entiende que existen «indicios suficientes» para continuar con la causa.

Isabel Pantoja, tras quedar libre bajo fianza en mayo de 2007
Isabel Pantoja, tras quedar libre bajo fianza en mayo de 2007larazon

MÁLAGA-La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado el recurso de apelación presentado por la defensa de la cantante Isabel Pantoja contra el auto que acuerda mantener su imputación en la «Operación Malaya» y continuar el trámite del procedimiento abreviado, al considerar que existen «indicios suficientes» para continuar la causa.La tonadillera, ex pareja sentimental del ex alcalde marbellí Julián Muñoz, se enfrenta en el caso a la pena de tres años y medio de prisión y multa de 3,7 millones por un delito continuado de blanqueo de capitales, mientras que para el ex edil, al que se le imputa además un delito de cohecho pasivo, solicita siete años y medio de cárcel y multa de 7,4 millones de euros. El Ministerio Público acusa igualmente a la que fuera mujer del ex alcalde marbellí Maite Zaldívar de un delito de blanqueo y solicita para ella una pena de tres años y medio de cárcel y multa de 2,6 millones de euros.El fiscal sostiene que en un primer momento Muñoz «se valió de su entonces mujer, Maite Zaldívar, sus hijas y su cuñado», también acusado, aunque añade que «emplea la misma sistemática con su nueva pareja, Isabel Pantoja, escudándose en ésta para dar salida a los fondos generados y de procedencia presuntamente delictiva». Incide en que ambas «eran perfectamente conocedoras del origen ilícito de los fondos, puesto que sabían cuáles eran las fuentes de sus ingresos lícitos».Además de Pantoja, la Sala resuelve continuar el procedimiento contra otras tantas personas hasta un total de catorce, cuyos recursos de apelación igualmente ha rechazado.En su resolución, el Tribunal alude a la «gravedad de los delitos imputados y la trascendencia que, en caso de acreditarse, pudieran haber ocasionado al Ayuntamiento de Marbella», así como al «perjuicio que este tipo de procesos de extraordinaria influencia mediática producen de hecho en la fama, en la profesión y en el patrimonio de los imputados».Pese a advertir la conveniencia de «evitar en la medida de lo posible la indeseada pena de banquillo», la Sala entiende que «dada la naturaleza de los tipos penales, el entramado societario descrito en el auto, las relaciones económicas, familiares y personales invocadas» se hace imposible pronunciarse sobre las cuestiones «con suficiente conocimiento». Además, considera que no es posible que se analicen individualmente los indicios que afectan a cada imputado «pues equivaldría a la celebración anticipada del juicio oral».