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El juez considera que Pablo Ruiz-Mateos no tenía relación laboral en Trapa
El Juzgado de lo Social Número 2 de Palencia sostiene que Pablo Ruiz-Mateos no tenía relación laboral con la empresa chocolatera Trapa, con sede en Dueñas (Palencia), y se considera fuera de jurisdicción para dirimir la demanda por despido que presentó el hijo del empresario jerezano.
El titular de este juzgado considera que la competencia para dirimir este caso está en la vía civil y no en la laboral. Se trata del fallo, al que ha tenido acceso Efe, dictado por el titular del Juzgado de lo Social Número 2 de Palencia, que puede ser recurrido en súplica ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
En dicha sentencia el juez argumenta que en la vista oral quedó acreditado que el demandante "no ha prestado servicios para la empresa desde la formalización del contrato, ni ha realizado ningún tipo de trabajo, ni ha estado sometido a horarios o jornada laboral".
También se especifica que la empresa, por su parte, ha emitido las nóminas, aunque "no ha abonado al actor ningún tipo de remuneración o retribución". El juez considera que en este caso los hechos constatados "no acreditan la existencia de indicios habituales de dependencia, ajenidad y retribución que determinen la calificación de laboralidad".
En consecuencia, si no existe relación laboral tampoco puede existir despido, ya que para que pueda producirse el despido es necesario que exista una relación de trabajo. "La existencia de un contrato de trabajo cuya prestación de servicios no se ha hecho efectiva en ningún momento ni ha llegado a tener virtualidad, determina que no existe relación laboral al no existir un vínculo real y efectivo entre las partes", ha señalado el juez.
Pablo Ruiz-Mateos, hijo de José María Ruiz Mateos, había presentado demanda al considerar que su despido era improcedente y, por lo tanto, reclamaba 45 días por año trabajado como economista de Productora de Chocolates S.L, una de las empresas de Trapa con un salario bruto mensual de 15.447,13 euros después de suscribir un contrato de carácter indefinido con fecha de 20 de abril de 2011.
Los actuales administradores concursales de Trapa, que tienen asumidas las facultades de gestión de la misma, decidieron despedir a Pablo Ruiz Mateos al considerar que, supuestamente, había infringido la normativa laboral con una falta muy grave al no presentarse en su puesto laboral en la empresa.
Durante la vista oral, uno de los responsables del departamento de contabilidad aseguró que nunca había tenido relación con Ruiz Mateos, al igual que el director financiero de la empresa y el ex gerente de la entidad empresarial.
De hecho, la administración concursal de la empresa trató de justificar el despido al considerar que no existía ningún tipo de relación laboral entre el demandante y la firma chocolatera, a la que supuestamente no ofrecía servicio alguno.
El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Palencia, especializado en materia mercantil, suspendió en noviembre de 2011 las facultades y atribuciones de los anteriores administradores de la empresa Trapa, en concurso de acreedores, así como del Grupo Back In Business que se hizo con Nueva Rumasa a la que pertenecía Trapa.
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