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El Supremo sentencia que Antena 3 no dañó el honor de Rocío Carrasco

La Razón
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MADRID- El Tribunal Supremo absolvió ayer a José María Franco, así como a la productora televisiva Boomerang y a la cadena Antena 3 de la demanda por daños al honor y la intimidad que había presentado contra ellos Rocío Carrasco. La demanda vino como consecuencia de los comentarios vertidos por Franco y otros colaboradores en el programa «En Antena» de Antena 3, emitido el 5 de febrero de 2007, por los que la hija de la cantante Rocío Jurado pedía una indemnización de 200.000 euros, petición que las instancias anteriores ya habían desestimado, al igual que ahora lo ha hecho el Tribunal Supremo, informa Efe.

Carrasco argumentaba que dichos comentarios sobre una posible relación sentimental suya con el hijo de una amiga suponían presentarla a la opinión pública como una persona infiel a su marido. Sin embargo, el Alto Tribunal ante los derechos fundamentales que entraban en conflicto –libertades de expresión e información frente a los derechos al honor y a la intimidad personal–, considera que deben prevalecer los primeros sobre los segundos, por lo que desestima la demanda.