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Supremo y TC impiden a Garzón retrasar el juicio

Supremo y TC impiden a Garzón retrasar el juicio
Supremo y TC impiden a Garzón retrasar el juiciolarazon

Madrid- Se le acabó la artillería jurídica para intentar retrasar, una vez más, su primera cita con la Justicia, prevista para el próximo martes. Su última estrategia –al menos, hasta ahora–, la recusación in extremis del magistrado Luciano Varela y el recurso ante el Tribunal Constitucional contra la denegación del Supremo de apartar a Manuel Marchena del tribunal que debe juzgarle por haber ordenado grabar en prisión a los principales dirigentes del «caso Gürtel» con sus abogados han sido desestimados directamente, sin llegar siquiera a tramitarse. Tal como adelantó ayer en exclusiva LA RAZÓN, el Supremo rechazó de plano la recusación de Garzón contra Luciano Varela, al entender que, por un lado, se presentó fuera de plazo y que, además, no existían los más mínimos indicios que avalasen el posible interés directo o indirecto en la causa, ni su falta de parcialidad por haber sido el instructor del procedimiento relacionado con la investigación que abrió en la Audiencia Nacional sobre las desapariciones de víctimas del franquismo.

En cuanto al primero de esos motivos, Garzón argumentaba que había tenido noticias fehacientes de quede Luciano Varela «formuló ante un grupo de magistrados» de la Sala Penal del Supremo «expresiones definitivamente descalificadoras de carácter personal y sus funciones jurisdiccionales, expresiones y comentarios que revelan sobradamente los prejuicios que el citado magistrado alberga» sobre él, por lo que no tenía «la más mínima imparcialidad subjetiva» para formar parte del tribunal que debe juzgarle. Sobre esta cuestión, el Supremo deja claro que no consta,«ni indiciariamente ni a través de un mínimo principio de prueba», que Luciano Varela hubiese pronunciado tales frases. Pero, además, «de una eventual expresión, informal y en privado, de una supuesta opinión sobre el recusante, no se puede deducir simplemente que exista un interés relevante en que la causa penal concluya de una determinada manera». Por tanto, esa causa alegada por Garzón carece «del más mínimo fundamento». En cuanto a la falta de imparcialidad esgrimida por el hecho de que Varela fuese instructor de otro de los procedimientos que tiene abiertos Garzón, la Sala destaca que en una causa penal «no se enjuician personas, sino hechos», por lo que no puede «sostenerse» la «sospecha acerca de la formación de opinión» respecto a unos hechos distintos.

Respecto al recurso ante el TC por el rechazo del Supremo a estimar la recusación contra el magistrado Manuel Marchena, en apenas siete líneas rechaza su mera admisión, ya que no ha concluido «el proceso abierto en vía judicial».