Cataluña
Cataluña y el marco legal
Artur Mas, presidente en funciones de la Generalitat catalana, ha reconocido que una Cataluña independiente estaría fuera de la Unión Europea. Es un primer paso hacia la debida claridad a los electores, aunque haya venido inducido por el caso escocés. En efecto, la Comisión Europea ha recordado que en los tratados de la Unión no está prevista la posibilidad de secesión de una región y que, en caso de producirse, ese territorio se convertiría en un «país tercero». Es más, la portavoz comunitaria Pia Ahrenkilde recordaba que la Comisión no podría intervenir de ninguna manera en un proceso secesionista a menos que lo solicitara un Estado miembro. Es preciso que a la «espuma de declaraciones», en feliz expresión del Príncipe de Asturias, suceda una exposición diáfana de las coordenadas legales del proceso que tan irreflexivamente, a nuestro juicio, ha desencadenado el líder de Convergencia i Unió. Ayer fueron el presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala, y el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, quienes abordaron con acierto y sin rodeos los planteamientos constitucionales y jurídicos que han sido puestos en cuestión por la demanda soberanista. Tanto Pascual Sala como el ministro partieron de la definición constitucional de la soberanía popular, que reside en el conjunto del pueblo español y no en los territorios, para calificar de ilegal la convocatoria de un referéndum como el propuesto por Artur Mas. Ruiz-Gallardón desmontó el falso dilema entre democracia y legalidad, tan caro a los nacionalistas, con el argumento de que en España no están confrontados ambos principios, puesto que la Constitución nace de la voluntad de todos los españoles. La soberanía es un valor compartido sobre el que no puede pronunciarse una parte, se tiene que pronunciar el todo».
La convocatoria unilateral de la consulta sería, por lo tanto, un acto ilegal del que habría un autor responsable, en este caso el propio Artur Mas, y no el conjunto del pueblo catalán, por lo que no sería preciso aplicar el artículo 155 de la Constitución, que abre la puerta a la suspensión de una comunidad autónoma. La exigencia de responsabilidades, pues, se limitaría al autor del acto ilegal, y no al conjunto de la ciudadanía de Cataluña. Es un principio jurídico impecable, que debería hacer reflexionar también a quienes reclaman que el Estado tiene que recuperar competencias en algunas comunidades autónomas. No. De lo que se trata es de hacer cumplir la Constitución y las leyes aprobadas en el Parlamento español, ya sean sobre la enseñanza del castellano o sobre los símbolos nacionales. La reforma del Estado de las autonomías, su eliminación como piden algunos ciudadanos, exige un proceso de cambio constitucional complejo y garantista. El mismo respeto a la legalidad vigente que se reclama a Artur Mas.
✕
Accede a tu cuenta para comentar