Abusos a menores

Catorce años de prisión por violar de forma continuada a su hija adoptiva

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a un vecino de Baeza a 13 años y seis meses de prisión al considerarprobado que violó a su hija adoptiva en numerosas ocasiones durantemás de siete años. Además, le impone otros seis meses de cárcel por haber quebrantado la medida de alejamiento que tenía contra la joven,mientras que absuelve a la madre, acusada como cooperadora necesaria de las agresiones, al entender que no queda suficientemente probadoque conociese los hechos. La sentencia recoge que Andrés M.P., de 42 años, "movido por un ánimo manifiestamente libidinoso,atentó contra la indeminidad sexual de su hija adoptiva en múltiplesocasiones", de las que la entonces menor pudo concretar varias que seprodujeron en el domicilio familiar "y siempre bajo la amenaza decausar grave daño a su madre, hermana o abuelos paternos en caso de que se atreviese a denunciar lo que le hacía". Como consecuencia, la joven, que ahora tiene 19 años, presentó trastornos psicológicos. El tribunal basó su fallo en la declaración de la víctima, que consideró "prueba de cargo directa para enervar la presunción deinocencia". En este sentido, destacó que durante el juicio fue posible "percibir la emoción y el gran sufrimiento producido por los hechos que relataba con absoluta credibilidad y veracidad". A ello,según indicó, se suman las pruebas periciales "como elemento decorroboración". Así las cosas, por un delito de agresión sexual continuada impone a Andrés M.P. la pena de 13 años y seis meses de prisión, además dela prohibición de comunicar y acercarse durante 15 años a su hija adoptiva, a la que tendrá que indemnizar con 25.000 euros. Igualmente, lo condena a otros seis meses de cárcel por haberquebrantado una orden de alejamiento, si bien lo absuelve de undelito de malos tratos habituales. En cuanto a Fernanda L.J., madre de la víctima, el tribunal laabsuelve de un delito de agresión sexual continuada como cooperadoranecesaria, tal y como sostenía el fiscal, ya que "no ha quedadosuficientemente acreditado que tuviera conocimiento de los hechos cometidos por su marido (...) aun cuando lo hubiera podido sospechar, pero siempre sin conocer su exacta naturaleza y su existencia real". En el juicio, que se celebró el pasado 20 de abril, el acusadonegó en todo momento que hubiese violado y agredido sexualmente de su hijastra y argumentó que ella "mentía"para hacerle daño. Por ello,se mostró sorprendido al conocer la denuncia que la joven interpuso contra él en enero de 2006, seis meses después de que se fuera avivir con su actual pareja, una relación a la que el padrastro seoponía "por la gran diferencia de edad"al ser unos 30 años mayor que ella. La versión de la joven, sin embargo, fue totalmente opuesta ycontó que los abusos comenzaron unos meses después de que se fuera a vivir con los padres, cuando tenía diez u once años, y se alargaronhasta que cumplió los 18, apenas un mes antes de abandonar la vivienda familiar, bajo la amenaza de "hacer lo mismo"con su hermana pequeña si se iba. Según dijo, Andrés. M.P. aprovechaba que su esposa no estaba encasa o dormía para cometer las agresiones, e incluso, apuntó quepodía haber utilizado la fuerte medicación que emplea su madre paratratar la epilepsia con el fin de aturdirlos. En cuanto a su madre, la chica afirmó que "en alguna ocasión"le comentó lo que ocurría, si bien consideró que "no era consciente"debido a su enfermedad. No obstante, la progenitora negó que su hija le hubiera expuesto la situación e hizo hincapié en que todo el relato de la joven es una "mentira". Del mismo modo, varios testigos,incluida la hermana menor, insistieron en que el comportamiento de la joven "no fue normal desde que era pequeña".