Pamplona

La Audiencia ratifica que Garzón no debió instruir la causa del franquismo

La Razón
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MADRID- El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional certificó ayer que el juez Baltasar Garzón no es competente para investigar las desapariciones de la Guerra Civil y el franquismo. El propio magistrado -que durante un mes estuvo investigando los hechos y autorizó incluso la apertura de decenas de fosas comunes- ya había dado su brazo a torcer hace diez días después de un intenso cruce de reproches jurídicos con el fiscal jefe de la Audiencia, Javier Zaragoza, que consiguió apartar a Garzón de la instrucción. Catorce de los 17 magistrados reunidos (ausente Guillermo Ruiz Polanco) concluyeron, tras cuatro horas de debate, que el delito contra altos organismos de la nación esgrimido por Garzón para justificar la competencia de la Audiencia Nacional no se cometió. El juez imputó ese delito a Francisco Franco y a otros 44 altos cargos de la dictadura -todos fallecidos, como él mismo se encargó de comprobar- por el alzamiento de 1936 que dio comienzo a la Guerra Civil, pero la Sala considera que lo que cometieron los alzados fue un delito de rebelión, que no es competencia de la Audiencia Nacional, lo que aleja la investigación de Garzón. Aunque el auto -del que será ponente el presidente de la Sala, Javier Gómez Bermúdez- no se conocerá hasta la próxima semana, la decisión del Pleno implica que quienes se tendrán que hacer cargo de la instrucción serán los juzgados territoriales situados en los lugares donde se encuentran las fosas. Lo que está por ver es si éstos «heredarán» las diligencias de Garzón o si tendrán que empezar de cero. De momento, la Sala no ha decretado la nulidad de las actuaciones emprendidas por el juez instructor. Fuentes jurídicas explicaron que las actuaciones llevadas a cabo por el magistrado hasta el pasado 16 de octubre no se discuten y a partir de esa fecha -cuando se declara competente para investigar los hechos y autoriza la apertura de 19 fosas comunes- se darán por buenas las efectuadas con carácter urgente. La autorización de exhumaciones, añaden, está en todo caso amparada por la Ley de Memoria Histórica. Si se anula la instrucción, las distintas asociaciones de memoria histórica y los familiares de víctimas personados en la causa deberían acudir a los correspondientes juzgados a efectuar sus solicitudes relacionadas con las desapariciones. Otros tres magistrados -Clara Bayarri, Ramón Sáenz y José Ricardo de Prada- discrepan de la decisión de sus compañeros y firmarán un voto particular en el que defenderán que el juez Garzón debería seguir investigando los hechos. Además, dos jueces que sí han respaldado la decisión mayoritaria matizarán ese apoyo en sendos votos concurrentes. Fuentes de la Adiencia Nacional aseguraron que en el auto de la Sala de lo Penal «no se va a hacer sangre con Garzón» y que los magistrados se limitarán a desgranar los argumentos técnicos para negarle la competencia. Rechazo del recurso de súplica Por lo pronto, y como se esperaba, el Pleno ni siquiera ha abordado otras controversias que han enfrentado a Garzón con la Fiscalía en las últimas semanas: la posible prescripción de los delitos por la Ley de Amnistía de 1977 y su consideración de crímenes contra la Humanidad que defendía el instructor. Sí es previsible que en la resolución se recuerde a Garzón que no era él, sino la Sala, quien debía extinguir la responsabilidad penal de Franco y de los otros 44 imputados (ante la evidencia de su fallecimiento). Y eso que los magistrados no valoraron ayer el auto en el que Garzón se inhibía en favor de los juzgados territoriales, que no ha sido recurrido. La Sala también ha rechazado el recurso de súplica presentado por las asociaciones de Memoria Histórica contra la paralización de la apertura de fosas, unas diligencias que Garzón ya delegó en los juzgados ordinarios el pasado día 18. De hecho, ayer mismo se inhibió en favor de los juzgados de Herrera del Duque, Pamplona, Trujillo (Extremadura) y Astorga (León) en relación con otras tantas peticiones de exhumaciones en fosas comunes. Por último, el Pleno de la Sala ni siquiera contempló la petición de la nieta de Juan Negrín, ex presidente de la República, que instó a los magistrados a inhibirse del asunto. Según éstos, semejante decisión debe ser adoptada por cada uno a iniciativa propia y no a instancia de parte alguna.