Tribunales
El Supremo noruego desestima recurso de Breivik para cambiar su régimen carcelario
Breivik fue condenado por los atentados en los que murieron 77 personas en 2011
El Tribunal Supremo de Noruega rechazó hoy celebrar un nuevo juicio sobre el régimen carcelario del ultra Anders Behring Breivik, al estimar que no llegaría a una conclusión distinta a la del fallo previo, que absolvió al Estado.
El Tribunal Supremo de Noruega rechazó hoy celebrar un nuevo juicio sobre el régimen carcelario del ultra Anders Behring Breivik, autor de los atentados en los que murieron 77 personas en ese país en 2011, al estimar que no llegaría a una conclusión distinta a la del fallo previo, que absolvió al Estado.
Cerrada la vía judicial en Noruega, el abogado de Breivik, Øystein Storrvik, anunció que llevarán el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, una opción que ya habían avanzado al inicio del proceso.
El Tribunal de Apelación noruego concluyó el pasado 1 de marzo que tanto el régimen de aislamiento como las estrictas medidas de seguridad a las que está sometidos Breivik son duros, pero necesarios por su peligrosidad, y no violan la Convención Europea de Derechos Humanos.
La sentencia revocaba un fallo anterior de un juzgado de primera instancia, que sí consideraba que el Estado había conculcado el artículo 3 de esa Convención y que el ultra recibía un trato inhumano o denigrante que además había afectado a su estado mental. "Como ninguna de las partes del recurso tiene perspectivas de ganar o genera cuestiones sobre la Convención que no hayan sido tratadas en la praxis del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la comisión considera de forma unánime que no hay base suficiente para que el Supremo celebre un nuevo proceso", consta en el fallo de hoy.
El Supremo consideró que el recurso no incluye pruebas nuevas que no hayan sido estudiadas por las anteriores instancias ni que haya habido cambios que influyan en el dictamen judicial.
La Corte de Estrasburgo ha resaltado en su praxis que para hablar de trato inhumano es necesario "un mínimo de gravedad" y que el dolor o la humillación que puedan conllevar el cumplimiento de la pena no conculcan necesariamente el artículo 3, según el fallo.
Y dado que Apelación ya consideró "tras un análisis conjunto y muy detallado"que no se ha sobrepasado el umbral establecido por ese artículo, el Supremo no tiene fundamento para llegar a otra conclusión distinta a esa.
Tras un primer intento rechazado, Breivik presentó una demanda civil sobre su trato en prisión en julio de 2015, que esta vez sí fue estimada por la justicia noruega, lo que desembocó en un primer juicio en marzo de 2016 y el de apelación en enero de este año.
El ultraderechista noruego fue condenado en 2012 a 21 años prorrogables de forma indefinida por hacer estallar en el complejo gubernamental de Oslo una furgoneta bomba que mató a ocho personas.
Luego, se trasladó en coche a la isla de Utøya, al oeste de la capital, donde perpetró una matanza en el campamento de las Juventudes Laboristas en la que murieron otras 69 personas. Efe
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