Caso ERE

Alaya imputa al exconsejero de Empleo por percibir 602.000 € «de origen desconocido»

El exconsejero andaluz de Empleo Antonio Fernández, en una imagen de archivo
El exconsejero andaluz de Empleo Antonio Fernández, en una imagen de archivolarazon

La juez que investiga el «caso ERE» ha imputado un delito continuado de cohecho al exconsejero de Empleo de la Junta Antonio Fernández por haber recibido "dádivas"o "regalos"por valor de 602.806,72 euros a cambio de la concesión de subvenciones sociolaborales, hechos por los que lo ha citado nuevamente a declarar el 3 de marzo. En un auto, al que ha tenido acceso Ep, Mercedes Alaya toma esta decisión después de que la Guardia Civil le haya entregado sendos informes sobre la situación patrimonial de Antonio Fernández y del exdelegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas y de sus entornos familiares.

La juez dice que, de los informes, resultan "indicios de los que se pudieran inferir haber recibido dádivas o regalos por la intermediación o tráfico de influencias", en el caso de Rivas, "o por la concesión de subvenciones sociolaborales a determinados beneficiarios"en el caso de Fernández.

Centrándose en éste, señala que "adquiere durante el tiempo que desempeñó sus cargos como viceconsejero y consejero de Empleo seis inmuebles -cuatro viviendas y dos garajes con trastero-, comprados concretamente en el transcurso de siete años, desde el 18 de agosto de 2001 al 15 de octubre de 2008, adquiriendo en este último año cuatro de los inmuebles reflejados, dos suyos y dos para su hijo, carente de ingresos para efectuar dicha compra, al igual que en el caso de la compra efectuada por su hija".

Todo ello "ascendiendo a 602.806,72 euros la suma del dinero percibido"por el imputado y sus hijos, "de origen desconocido, a través del abono en cuentas bancarias o utilizado para la compra de inmuebles, siendo así que Antonio Fernández habría sido autorizado o cotitular de algunas de las cuentas de sus hijos".

En relación a Rivas, ordena a la Guardia Civil y a la Intervención General que realicen un informe sobre la ayuda de 16 millones a Heineken España, y requiere a la Benemérita para que aporte "el contrato o contratos de trabajo del hijo de Rivas, M.A.R.R., en Heineken España, en la que estuvo dado de alta desde el 4 de abril de 2005 --aún siendo menor de edad-- hasta 2010, percibiendo ingresos sin contar con estudios universitarios, al menos durante la mayor parte de dicho periodo, ascendentes a 182.118,88 euros".

Igualmente, pide a la Guardia Civil que "informe sobre su cualificación profesional o estudios académicos y constate los servicios efectivos del hijo de Rivas en dicha empresa", mientras que también solicita a la UCO que, "no habiéndose aportado ninguna cuenta bancaria"del hijo de Rivas, nacido en octubre de 1987, "informe sobre la compra en 2013 de los dos inmuebles propiedad de este último".

Asimismo, requiere a la UCO para que informe "de los pagos de la hipoteca que grava la vivienda"de otra hija de Rivas, V.R.R., hipoteca constituida en 2008, cuando la misma contaba con 20 años y de la que son fiadores Antonio Rivas y su esposa, así como de los pagos de la hipoteca suscritas por otras dos de sus hijas, M.C.R.R. y M.A.R.R., en la que también aparecen como fiadoras Rivas y su mujer.

También ordena a la Guardia Civil que informe "de la efectividad de los servicios prestados por la nuera de Rivas, M.C.R., desde febrero de 2007 a julio de 2009, en "empresas vinculadas"al 'conseguidor' de los ERE Juan Lanzas y su cuñado Ismael Sierra, "y de las que percibiría un total de 22.248,86 euros".

En el mismo auto, y tras haber recibido por parte de la Guardia Civil informes sobre las sociedades Electronics Devices Manufacturer (EDM) e Innovación y Desarrollo Empresarial Séneca, la juez amplía la imputación por falsedad en documento oficial, prevaricación y malversación al exdirector general de Trabajo Juan Márquez, al exdirector de IDEA Jacinto Cañete y al exdirector de Administración y Finanzas de IDEA.

A todos ellos los cita a declarar nuevamente el 3 de marzo junto a los representantes de EDM, Juan Ruiz Cobo, y de Séneca, María José Cueva Gómez, a quienes imputa en una causa que de este modo alcanza ya los 231 imputados.

En este sentido, Alaya destaca que el préstamo de 384.841,65 euros concedido a la empresa identificada como EDM-Séneca "parte del inicial error de considerar a ésta como una sola sociedad", cuando "en realidad son dos empresas totalmente distintas"aunque compartan el mismo domicilio social en Mancha Real (Jaén).

Al hilo, explica que EDM fue constituida el 20 de julio de 2006 con el fin de fabricar componente electrónicos, mientras que Séneca se constituyó el 2 de agosto de 2006 para el comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos.

Alaya dice que "resulta un dato objetivo que el entramado empresarial constituido alrededor de EDM fue 'bendecido' con numerosas ayudas desde su inicio, pues en el escaso tiempo de tres años desde su creación hasta su liquidación, obtuvo de diferentes organismos subvenciones, préstamos y bonificaciones"por 6,4 millones, "pese a lo cual ambas empresas comenzaron su proceso de liquidación en 2009".

Tras considerar que "no sería descabellado pensar que tal benevolencia viniera apadrinada por la influencia de Juan Lanzas", laya se centra en el préstamo concedido y explica que, el 9 de octubre de 2008, la Consejería de Innovación recibió un escrito del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Jaén "por el que se ordenaba el embargo de las subvenciones que EDM tuviera a su favor por cualquier concepto".

"Esto llevaría a que los responsables de la Junta arbitraran una fórmula para conceder una nueva ayuda a este entramado que no fuera susceptible de embargo", agrega la juez, que relata que, el 29 de diciembre de 2008, Juan Márquez y Jacinto Cañete firmaron un convenio de colaboración para abonar los pagos de las nóminas de 145 trabajadores de "EDM Séneca".

En este convenio, según Alaya, "no se especifican los meses a los que corresponden las nóminas de los 145 trabajadores que afirma tener, los cuales pertenecen a ambas empresas", punto en el que señala que, finalmente, el préstamo se instrumenta mediante un contrato "sin fecha expresa"suscrito entre IDEA y la empresa por importe de 384.841,65 euros.

"A pesar de las ayudas concedidas por la Junta, las empresas entraron en proceso de liquidación a comienzos del 2009 y la gran mayoría de los 145 trabajadores cuyo empleo se pretendía proteger causaron baja definitiva el 3 de marzo de 2009", a pesar de lo cual la agencia IDEA "no daría por resuelto el contrato y no exigiría la amortización anticipada del préstamo".

Y es que "no sería ésta la intención de la Administración, según se desprende del 'reguero' de ayudas que procedentes de diferentes entes adscritos a la Junta se le concederían a estas sociedades, a cuyos responsables no les importaría contratar para ello, aunque no fueran necesarios, a trabajadores discapacitados con tal de que se ingresara en sus cuentas 12.000 euros por trabajador".

La juez concluye que, en virtud del informe elaborado por la Intervención General del Estado, el préstamo concedido a EDM-Séneca "constituye una verdadera subvención a la empresa y no guarda relación alguna con la tramitación de un ERE".

Por último, reclama a la Junta que, en un plazo de cinco días, entregue copias de las Actas del Consejo Rector y de las Actas de Sesiones de la Comisión General de Viceconsejeros celebradas durante el año 2000, todo ello a fin "de concretar la imputación de determinadas personas en la presente causa prestando cumplimiento a lo acordado por el Tribunal Supremo".