Andalucía

Archivan una causa de formación al no ver delito

Una jueza sostiene que, aunque el control de las ayudas sea mejorable, aprobar una sin que se haya completado la justificación de otras no lo es

El ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas
El ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivaslarazon

Una jueza sostiene que, aunque el control de las ayudas sea mejorable, aprobar una sin que se haya completado la justificación de otras no lo es

Archivada. Éste ha sido el final de una de las múltiples causas que se abrieron en la comunidad ligadas a las subvenciones de la Junta para formación, en concreto la dirigida por el juzgado de Instrucción número 5 de Sevilla por un presunto delito de malversación de caudales públicos, en torno a una serie de ayudas con un destinatario: la Asociación de Enfermos Mentales de San Juan Grande de Carmona. En un auto, fechado el 30 de marzo, la titular del órgano judicial, Beatriz González, sostiene que ni el hecho de aprobar la adjudicación de una subvención o incluso su pago sin que se haya completado el trámite de justificación o de reintegro de otras previas ni el hecho de dejar caducar el trámite para recuperar el dinero, «son por sí mismos constitutivos» del mencionado delito ni de ningún otro. Esto «sin perjuicio», se matiza en la resolución, «de la responsabilidad administrativa o política que pueda exigirse» a quien «corresponde extremar la diligencia en la vigilancia del dinero y los bienes públicos». ¿La causa? La malversación conlleva «ánimo de lucro» y, según la jueza, en este caso, ninguno de los investigados se ha «beneficiado en forma alguna de la concesión de las subvenciones». González no entra en la cuestión de si en el seno de la asociación pudo haber «irregularidades en relación con el destino efectivamente dado a los fondos», por exceder de sucompetencia territorial –Carmona tiene juzgados–, pero sí concluye que, «aunque los sistemas de gestión administrativa y económica para el seguimiento y control de las subvenciones públicas sea, en este caso, manifiestamente mejorable», no existe delito ni en la concesión de las ayudas ni en su abono.

En el auto se hace mención expresa a uno de los investigados a quien además de la malversación se le atribuía un presunto delito de falsedad documental, el ex responsable sevillano del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) Antonio Rivas, firmante de un certificado en abril de 2008, por el que se dio «por cierto» que el 75% de una subvención de 2007 se aplicó al fin para el que fue concedida, aún cuando no hubiera sido justificada. La instructora se agarra a la declaración como testigo del interventor de la Junta Julián Venegas, según la cual esa certificación hace referencia «al compromiso de los fondos y no al efectivo gasto de los mismos, cuya verificación se realiza en un momento posterior», y se extiende «a la vista de los documentos que en cada caso exige la normativa reguladora». «No es materialmente posible», incide la jueza, que cuando se emitió aquél hubiera concluido el proceso de justificación. Fuentes judiciales apuntan que si no hay recursos y el fallo adquiere firmeza, podría «convertirse en un referente» para los otros juzgados que investigan la formación, como el de Instrucción 6 de Sevilla.