Andalucía
Dos años sin ser capaz de adjudicar la venta de entradas de la Alhambra
La Junta, obligada a redactar por cuarta vez el pliego del contrato, tumbado hasta en tres ocasiones ya por las empresas licitadoras
Con casi 2,5 millones de visitas en 2015, las mejores cifras de su historia, la Alhambra es el conjunto monumental más visitado de España. Este liderazgo turístico no se corresponde con una gestión a la misma altura. Son varias las causas que permanecen judicializadas y la Junta de Andalucía, a través del Patronato de la Alhambra y Generalife adscrito a la Consejería de Cultura, se halla inmersa ahora en un bucle administrativo en la concesión del contrato de gestión del sistema integral de venta de entradas que tantos dolores de cabeza costó con la trama destapada en 2005. Esta semana se ha conocido una nueva resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales que obliga a la Administración autónoma a redactar por cuarta vez el pliego del contrato en cuestión, tumbado por tres veces por las empresas licitadoras. Resultado: el periodo de adjudicación sin ser capaz de otorgar el servicio se irá por encima de los dos años.
La Junta de Andalucía sacó a licitación en julio de 2014, hace 22 meses, el contrato de gestión de reserva y venta de entradas de la Alhambra. Oneclick Granada, Grupo Meana, Impronta Soluciones y Tiqueteo Spain recurrieron la adjudicación y el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Administración autónoma tumbó el procedimiento al haberse incurrido en un «vicio de nulidad de pleno derecho», acordándose aprobar nuevos pliegos y convocar otra vez el concurso abierto y público. Las recurrentes habían alegado valoraciones arbitrarias y erróneas e igualmente habían argumentado que la oferta de la adjudicataria, la UTE formada por El Corte Inglés y Expertos Technology Sowfware, contenía incumplimientos.
El segundo pliego se abre en octubre de 2015 en una primera repetición del procedimiento. El valor estimado del contrato asciende a 2 millones de euros. Las entidades Ticketmaster y Tiquiteo volvieron a recurrir. Sólo fue estimada parcialmente la reclamación realizada por la última, pero se volvió a acordar «retrotraer las actuaciones al momento previo a la elaboración del pliego de cláusulas administrativas particulares», a fin de que en el nuevo pliego que se apruebe –un tercero– tuviera en cuenta lo expuesto en esta resolución, debiendo convocarse por tanto una tercera licitación. El órgano de contratación aprobó en marzo de 2016 unos nuevos pliegos y convocó una nueva licitación.
Tampoco acabó ahí la cosa. Ticketmaster recurrió de nuevo el pliego de cláusulas administrativas particulares y solicitó la suspensión del procedimiento, algo a lo que el Tribunal accedió en el mes de abril pasado. Ticketmaster exigía que no se solicitase clasificación alguna al contratista merced a la entrada en vigor del artículo 65.1 del TRLCSP en la redacción dada por la Ley 25/2013 de 27 de diciembre, al estar condicionada al correspondiente desarrollo reglamentario. Según esta nueva normativa, «para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario», argumenta Ticketmaster. El Tribunal Administrativo, en una resolución fechada el 6 de mayo pasado, da la razón a la recurrente y acuerda anular el acto impugnado, debiendo devolver la actuaciones al momento previo a la elaboración del pliego de cláusulas administrativas particulares. Conclusión: 22 meses después, el proceso se encuentra en el punto inicial. Y todo esto en el principal polo de atracción turística.
Las audioguías, mal precedente
La directora del Patronato, Mar Villafranca, tuvo que dimitir en julio de año pasado acusada de malversación y prevaricación después de que la Fiscalía detectase inrregularidades en la adjudicación del servicio de audioguías.
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