Política

Sevilla

El fraude de las facturas falsas de UGT supera como «mínimo» los 5,3 millones

El sindicato incluía en las justificaciones gastos pese a que la actividad la realizaba un ente vinculado

La Guardia Civil registró la sede de UGT-A en Sevilla en diciembre de 2013 (Foto: Manuel Olmedo)
La Guardia Civil registró la sede de UGT-A en Sevilla en diciembre de 2013 (Foto: Manuel Olmedo)larazon

El sindicato incluía en las justificaciones gastos pese a que la actividad la realizaba un ente vinculado

El presunto fraude de la UGT Andalucía con las subvenciones recibidas por parte de la Junta para impartir cursos de formación es de 5.384.099,49 euros. Se trata de una cantidad calculada a la baja ya que el interventor de la administración autonómica que ha realizado una pericial encargada por el juzgado de instrucción 9 de Sevilla sólo ha podido analizar 11 de los 31 expedientes sobre los que se encargó el trabajo. De estos 31 pueden caerse dos; uno que no corresponde a UGT y otro que no abarca el marco temporal 2009-2013, por lo que la cifra final se reduciría a 29, quedando por tanto 18 por fiscalizar. El importe final se obtiene después de un exhaustivo trabajo encargado en marzo de 2015 –avanzado ayer por Diario de Sevilla– y que el funcionario ha realizado en solitario y sin verse liberado de sus obligaciones laborales, como hace constar en un apartado de «limitaciones» al informe. Aún así, en la parte final, especifica que el dinero –a su juicio– no subvencionable que acabó saliendo de la Junta hacia la UGT es de 5,3 millones, aunque advierte que «dado el carácter provisional de muchas de las cantidades finales cuantificadas, las mismas se consideran con el carácter de mínimas a la espera de la cuantificación final que ahora no ha podido hacerse y que se incluirá en informe adicional».

Una de las claves del procedimiento presuntamente irregular de la UGT que se detalla es la utilización de su entidad vinculada IFES-Andalucía para la realización de los cursos. En concreto, es habitual en la formación para desempleados. Considera el perito que esta opción es legal siempre y cuando «únicamente los gastos que realice esa entidad en cumplimiento del contrato y que se reflejen en las facturas que deba emitir son las que deben considerar subvencionables o elegibles para el cumplimiento del objeto de la subvención concedida, siempre que se ajusten a los gastos permitidos por la normativa reguladora».

En la práctica, a la hora de justificar los expedientes analizados, se imputaban gastos tanto a UGT-A como a IFES. A juicio del interventor esta práctica no está permitida. Y así lo razona en varias de las páginas del mismo: «La conclusión debe ser coherente con lo ya dicho anteriormente sobre las limitaciones que en la ejecución de la actividad subvencionada tiene el encargo realizado a la entidad vinculada en virtud del artículo 15 de la base reguladora y, además, en los términos realizados y, que no es otra que, la ejecución total de la actividad subvencionada, esto es, las acciones formativas y al 100%, comprendiendo la totalidad de los gastos imputables en las tres categorías de gasto, corresponde a IFES-Andalucía, sin que quepa, por tanto, imputar gasto alguno a la UGT-Andalucía como beneficiaria».

En este punto pone un ejemplo. De un expediente que contaba con una subvención de 16,5 millones de euros, IFES-Andalucía emite una factura a UGT-A de 13,7 millones detallando todos los costes. «La cantidad que resta hasta la cantidad de la subvención concedida debe considerarse menor gasto realizado y, sin embargo, lo que ocurre es que se imputan gastos de la propia UGT-A...».

El procedimiento en las acciones formativas dirigidas a ocupados es similar. También se subcontrataban con IFES-Andalucía como entidad vinculada y con algunas más. Los contratos tienen un «carácter abarcador y totalizante respecto a la ejecución de las distintas acciones formativas». Las presuntas irregularidades vienen después, cuando se trasladan a la cuenta justificativa ya que «diera la sensación de que estamos ante una ejecución directa por el beneficiario». UGT se imputa «gastos de estructura que carecen de relación con la actividad subvencionada».

A todo ello hay que añadir otras dos prácticas que investiga el juzgado: el rápel y el bote, cantidades que el sindicato acumulaba de las facturas que presentaban los proveedores. El perito ha encontrado facturas vinculadas al denominado «bote» pero no ha podido relacionarlas a expedientes concretos, motivo que le ha llevado a no contabilizarlo en el «presunto fraude».

El caso del rápel es distinto y sí ha cotejado la factura de los proveedores y el reflejo «en las cuentas justificativas presentadas por UGT», motivo por el que se suman las cantidades obtenidas al volumen no subvencionable de cada uno de los expedientes analizados.

El autor del informe hace constar las dificultades para su elaboración

El actual interventor delegado de la consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad Luis Ayala Gallo hace constar en su trabajo las dificultades para realizar el encargo del juzgado. Unas trabas de todo tipo y que le han llevado a mostrase cauto en sus conclusiones. Así lo expone en el informe: «Enlazando con lo ya dicho en el apartado de limitaciones, no se espere del Informe un trabajo propio de lo que hubiera sido uno de auditoría: ni por contar con los medios personales adecuados, ni por competencia profesional. Abundando en el primero de los aspectos, esto ha supuesto en la práctica la imposibilidad de un pronunciamiento o juicio de buena parte de los gastos imputados en las subvenciones investigadas, dado que, si se exige un mínimo de rigurosidad, los pronunciamientos que se hagan deben estar los suficientemente acreditados. Por tanto, habrá ocasiones en las que a pesar de que todo hace indicar, por ejemplo, que un gasto no es subvencionable o elegible no habrá valoración al respecto por falta de acreditación suficiente para hacer una afirmación como esa».