Tribunales

El ponente de la sentencia de los ERE logra 15 días extra y el fallo no interferirá en el 10-N

LA RESOLUCIÓN SUPERARÁ LOS 1.700 FOLIOS. Pese a que se apremió a los magistrados para intentar hacerla pública antes del arranque del periodo electoral, el magistrado ha pedido una prórroga que el TSJA ve «razonable»

El ponente de la sentencia de la pieza política del «caso ERE» es el magistrado Juan Antonio Calle / Foto: Efe
El ponente de la sentencia de la pieza política del «caso ERE» es el magistrado Juan Antonio Calle / Foto: Efelarazon

LA RESOLUCIÓN SUPERARÁ LOS 1.700 FOLIOS. Pese a que se apremió a los magistrados para intentar hacerla pública antes del arranque del periodo electoral, el magistrado ha pedido una prórroga que el TSJA ve «razonable»

Ya es definitivo. La sentencia de la pieza política del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente fraudulentos no empolvará el proceso electoral que desembocará en las urnas el próximo 10 de noviembre (10-N). El ponente del fallo, el magistrado Juan Antonio Calle Peña, seguro que ha estado apurado. De hecho, según ha podido saber LA RAZÓN, lo apremiaron, tanto a él como a las otras dos magistradas que intervinieron en la causa, Pilar Llorente y Encarnación Gómez, para que el dictamen se hiciera público antes de que arrancara el periodo electoral, pero no ha podido ser. El ponente sabe que hay una enorme expectación alrededor de una resolución judicial que, según desvelaron ayer desde la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), superará los 1.700 folios, con lo que será en efecto más extensa que la del Procés, con 493, como adelantaron fuentes judiciales a este periódico.

Especialmente pendientes de su contenido están los 21 ex altos cargos del Gobierno andaluz que se sentaron en el banquillo de los acusados durante un año hasta que el juicio quedó visto para sentencia en diciembre de 2018, entre los que se encuentran los ex presidentes autonómicos Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Tal y como las mismas fuentes avanzaron, la Sala de Gobierno del Alto Tribunal andaluz debatió en su reunión de ayer en torno a la petición realizada por Calle Peña de que le concedieran quince días adicionales de dedicación exclusiva y liberación de asuntos para poder rematar el fallo.

De acuerdo al escrito en el que expuso su solicitud, el magistrado justificó la necesidad de ese respiro temporal en que tiene que «ultimar la confección informática» de la resolución judicial.

Según la información proporcionada por el TSJA, en la actualidad ya «están completados más de cincuenta archivos, redactados con carácter individual», en los que se recogen «diferentes hechos probados y fundamentos de derecho, siendo imprescindible la integración informática correlativa, siguiendo un orden congruente» de los mismos para armar el documento final.

Además, una vez integrado todo el conjunto, «será imprescindible su revisión completa». Una hilera de motivos que llevó a la Sala de Gobierno del Alto Tribunal autonómico a aprobar la prórroga demandada por el ponente, al entender sus miembros que es «razonable». El hecho de que Calle haya logrado un plus temporal de quince días liberado, no se traduce necesariamente en que la sentencia tenga que estar notificada en ese plazo, ya que no es decartable que, una vez transcurrido ése, el magistrado se incorpore a su puesto y cierre flecos trabajando en su sección. Incluso puede ocurrir que vuelva a plantear más días para deliberar o, por el contrario, tenerla lista en el espacio temporal que le han concedido ahora. Lo que en ningún caso sucederá es que Chaves, Griñán y el resto de encausados, entre los que hay varios ex consejeros, ex viceconsejeros y ex directores generales, conozcan el veredicto que podría marcar su futuro antes del 10-N. Esa circunstancia no ha sorprendido ni a sus abogados ni a alguna de la defensas que daban por sentado que sería así. Del lado de las defensas se agarraban a que, como verbalizó el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, se trata de la sentencia «más complicada de la historia judicial de España». Del de las acusaciones, apuntaron a la posibilidad de que se evitara «interferir en las elecciones» generales.

Al margen del más o menos maquiavelismo de moqueta judicial, distintas fuentes apuntan a que diez meses «no es un tiempo excesivo» para componer un fallo como el del «caso ERE». Hay quien recuerda que el del «caso Alhambra» tardó en redactarse más de un año. En cuanto a la extensión, otras fuentes anotan que el que contenga 1.700 folios no significa demasiado hasta que no se vea qué encierra cada uno. La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatuto de Cataluña está conformada por 881 páginas, mientras la del «caso Emarsa» de Valencia tiene 2.222 o la del «caso Gürtel» un global de 1.687.