Tribunales

El TSJA admite el «círculo vicioso» de los sindicatos de clase con la formación

El TSJA admite el «círculo vicioso» de los sindicatos de clase con la formación
El TSJA admite el «círculo vicioso» de los sindicatos de clase con la formaciónlarazon

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado el recurso interpuesto por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España en Andalucía (Sppme-A), contra la resolución de la Consejería de Gobernación de 11 de enero de 2011 en la que se publicaba el Plan Anual de Formación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA) para el curso 2012.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado el recurso interpuesto por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España en Andalucía (Sppme-A), contra la resolución de la Consejería de Gobernación de 11 de enero de 2011 en la que se publicaba el Plan Anual de Formación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA) para el curso 2012.

Según informó el sindicato, la sentencia «en sus fundamentos de derecho constituye un auténtico torpedo en la línea de flotación a la conducta habitual de la Junta de Andalucía y a su 'comandita sindical': UGT, CC OO y CSIF, los cuales hacían de su capa un sayo en virtud de una presunta condición de 'sindicatos más representativos' que queda totalmente refutada por esta sentencia demoledora para sus lucrativos intereses». El TSJA, indicó el Sppme-A, establece como «el único criterio fiable para medir la representatividad» de los sindicatos «la afiliación de los miembros de estos cuerpos, siendo en este sentido más representativo el sindicato recurrente».

El TSJA incide en «la necesidad de reconocer una mayor representatividad sindical entre los componentes del Consejo Rector de la ESPA», así como en el «reconocimiento del derecho de Sppme-A a participar en la citada composición». Según explicó el Sppme-A en un documento interno, la Sala «no se reprime en señalar el meollo de la cuestión: el chiringuito de trincar subvenciones en que han convertido los planes de formación de los trabajadores 'los sindicatos más representativo', calificando como 'círculo en efecto vicioso', no tolerable desde una óptica de legalidad constitucional».

El TSJA considera que «la exclusión del Sppme-A de la posibilidad de participar en la acción formativa concertada en el ámbito de actuación de la ESPA resulta discriminatoria y atentatoria, en definitiva, del derecho fundamental a la libertad sindical en los términos que se denuncia»,

El Sppme denunció que varios artículos vulneran «el concierto para la celebración de las acciones formativas únicamente con las organizaciones sindicales presentes en el Consejo Rector de la Escuela, dejando fuera a cualquier otro sindicato, al margen de la representatividad que ostentare». También se alega que «es discriminatorio para las personas no afiliadas a los sindicatos propuestos a miembros en el Consejo Rector, pues son éstos los que organizan actividades concertadas únicamente para sus afiliados».

«La exclusión del sindicato recurrente (...) resulta discriminatoria y atentatoria, en definitiva, del derecho fundamental a la libertad sindical», indica el auto, al que accedió LA RAZÓN. Por ello, las «previsiones contenidas al respecto en los planes anuales de formación objeto del presente recurso deben ser anuladas». El TSJA estima el recurso del Sppme-A y revoca «los términos que resultan del fundamento sexto de la presente», esto es, el que se refiere a la discriminación.