Almería

El TSJA deja claro a la Junta que una subasta de sondeos mineros que aprobó en el Cabo de Gata contradice la normativa ambiental del parque

La Razón
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Anulada. Así ha quedado la subasta de sondeos mineros aprobada por el Gobierno andaluz en 2014 y vinculada a suelos pertenecientes al parque natural de Cabo de Gata-Níjar, en Almería. Se ha topado con el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que le ha dado la razón a la asociación conservacionista «Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar», miembro de Ecologistas en Acción, en su convicción de que era incompatible con la normativa ambiental que marca los permisos a dar en el espacio protegido.

En una sentencia, consultada por este periódico, el Alto Tribunal autonómico estima parcialmente un recurso contencioso-administrativo de la mencionada entidad y deja claro que la resolución de la entonces Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta que declaró francos más de un centenar de terrenos y que convocó un concurso público de registros mineros incurre en una «contradicción insalvable» con el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque natural almeriense afectado. Esta normativa sólo permite entre los límites fronterizos de éste explotaciones que, a fecha de su entrada en vigor, desarrollen su actividad hasta la caducidad de sus autorizaciones, «estando expresamente prohibida la concesión de nuevos permisos», recuerda el TSJA.

«El hecho de aprobar una convocatoria con una lista de registros mineros de la que algunos se encuentran total o parcialmente en los términos municipales de Níjar y Carboneras, y por consiguiente en el espacio protegido de Cabo de Gata-Níjar –se advierte en la sentencia–, es contrario a lo dispuesto en la mencionada normativa ambiental». En relación al argumento esgrimido por el Ejecutivo regional de que la Orden cuestionada no incumpliría el PORN al no llegar a otorgarse ningún permiso de investigación, el Alto Tribunal andaluz replica que el «único sentido de aprobar tal convocatoria» pasa por que «finalmente se concedan» las autorizaciones que «habían caducado en los terrenos comprendidos en los términos municipales de Níjar y Carboneras». De no ser así, «se habrían excluido», zanja.