Corrupción política

La Audiencia acota el caso «en un primer momento», pero no descarta ampliarlo

Asegura que la concesión de avales por parte de la Agencia IDEA «podría llegar a tener entidad penal»

La jueza María Núñez, ayer, en los juzgados de Sevilla
La jueza María Núñez, ayer, en los juzgados de Sevillalarazon

Asegura que la concesión de avales por parte de la Agencia IDEA «podría llegar a tener entidad penal».

La jueza María Núñez tiene manos libres para marcar el ritmo en la investigación del «caso de los avales». De momento, la instructora ha limitado la causa a las empresas en las que hayan existido simultaneidad de ayudas de salvamento, de reestructuración o sociolaborales, lo que ha provocado –tal y como informó ayer este periódico– un recurso de los abogados del PP. La novedad es que la Audiencia de Sevilla ha avalado en un auto la decisión de la instructora aunque abre la puerta a ampliar posteriormente el objeto de la investigación.

La decisión de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla se recoge en un auto en el que desestima el recurso presentado por el ex director de la Agencia Idea Jacinto Cañete, que pedía el sobreseimiento de la causa porque consideraba, entre otras cosas, que se trataba de hechos no delictivos. Su petición es rechazada ya que la Audiencia señala que «teniendo en cuenta lo expuesto no podemos considerar injustificada la decisión de acordar la investigación de los hechos denunciados en cuanto que, de acreditarse los indicios del posible dictado de resoluciones arbitrarias e injustas de las que se ha podido derivar un uso no permitido de los fondos públicos, estas conductas podrían llegar a tener entidad penal». Sí hay, por tanto, hechos punibles y no meras cuestiones de carácter administrativo.

En cuanto al plan de trabajo planteado por la jueza Núñez, el órgano judicial apunta que «sí parece razonable que en este primer momento deba ser acotada la investigación al marco temporal respecto al que se han detectado las irregularidades puestas de manifiestos y en los términos denunciados que resultan del oficio remitido por la Unidad Central Operativa y lo acordado en el auto de 17 de marzo de 2014», y, matiza que «sin que con los datos con los que ahora se cuenta, con excepción de las concretas ayudas anteriores a las derivadas de la Orden de 5 de noviembre de 2008 a las que se alude en dicho oficio cuyo examen parece necesario para apreciar la simultaneidad denunciada, la investigación tenga por ahora que hacerse extensiva a la concesión de avales y préstamos concedidos por la agencia con anterioridad a las concedidas sobre la base de dicha Orden».

No obstante, la Audiencia constata la presunta gravedad de los hechos sólo en esta parte acotada –la de las ayudas simultáneas– porque «de acreditarse esta circunstancia, además que ya de por sí pondría poner de manifiesto que se concedían las ayudas no obstante conocerse que las posibilidades de recuperarlas eran prácticamente inexistentes, se podría haber resuelto contraviniendo lo referido en la Orden antes citada respecto a la finalidad de las ayudas».

De la voluntad de la titular del juzgado de Instrucción 6 de Sevilla y del desarrollo de la investigaciones dependerá la evolución del caso. Material ya hay. De hecho, hay que recordar que Núñez ha dejado fuera el informe de la Cámara de Cuentas que se conoció a principios de febrero y en el que se detallaba que las entidades financieras ejecutaron avales fallidos por los que tuvo que responder la Junta entre 2010 y 2013 por importe de más de 80 millones. Según los datos facilitados por la Administración autonómica tan sólo ha logrado recuperar algo más de 9 millones.

En este sentido, el reseñado auto de la Audiencia cita una sentencia del Tribunal Constitucional para advertir de que los delitos «de carácter económico o relacionados con la corrupción en instituciones públicas, suelen ser complejos y quedan ocultos en una multitud de operaciones económicas aparentemente inocuas».