Tribunales
La Audiencia confirma que la Junta es acusación en los ERE
La Audiencia Provincial de Sevilla ha vuelto a dar la razón a la jueza Mercedes Alaya es una de las «macrocausas» que ésta instruía, en concreto en el «caso ERE». Ha confirmado el auto de la magistrada de enero de 2015 en el rechazó la petición del sindicato Manos Limpias para que la Junta de Andalucía fuera «expulsada» como acusación y parte perjudicada del proceso, al entender que no existe «sustento» para considerar que «haya obrado con mala fe».
En un auto, consultado por Ep, la Sección Séptima de la Audiencia rechaza así los recursos presentados por dos imputados, que pusieron «en entredicho» la intervención como acusación del Gobierno andaluz alegando que «su mantenimiento» suponía «una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución» y criticando «la intervención de los servicios jurídicos, que consideran que, en ocasiones, ha rayado la mala fe procesal».
En ese sentido, los encausados pusieron de manifiesto que su actuación «ha resultado cuando menos llamativa, por cuanto más que comportarse como acusación propiamente, lo ha hecho como defensa de según qué imputados» y «ha entorpecido la marcha del procedimiento, no dando diligente cumplimiento a requerimientos efectuados en cuanto a traer a la causa determinada documentación». Según los recurrentes, la Junta, además, «ha mostrado en algunos recursos una actitud inconsistente», a lo que se suma que «su intervención puede ser contradictoria, puesto que puede haber una incompatibilidad de intereses entre intervenir como acusación y, a su vez, resultar ser declarada responsable civil», por lo que pedían que «se efectuara una labor ‘depuradora’ de los verdaderos contornos de la acción acusatoria para evitar futuras situaciones de ambivalencia generadoras de un caos procesal». Para la Audiencia, «no deja de resultar en parte paradójico que no sea propiamente quien inicialmente instó la solicitud que motivó la decisión que ahora se recurre, sino partes que se mostraron conforme en sus alegaciones con tal petición, quienes ahora apelen». Cree además que aún no puede tener, «por su extraordinaria dimensión», una visión «tan completa y exhaustiva» del caso «como para sopesar si a lo largo de los cuatro años de instrucción una parte ha faltado con su actuar a la buena fe procesal».
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