Caso ERE

La Audiencia reprocha a la Junta que defienda a los acusados de los ERE

Ratifica la imputación de los 20 ex altos cargos recurrida y censura su doble juego

Griñán y Díaz impulsaron el recurso ante la Audiencia contra la decisión de Alaya
Griñán y Díaz impulsaron el recurso ante la Audiencia contra la decisión de Alayalarazon

Sevilla- La Junta de Andalucía, personada como acusación en el caso de los ERE, que políticamente esgrime que «recuperará hasta el último euro defraudado» y recalca su «colaboración total con la justicia», ejerce «labores propias de una defensa». Eso es lo que mantiene la Audiencia Provincial de Sevilla en un auto con fecha de ayer y al que ha tenido acceso este periódico, en el que rechaza el recurso de la Administración andaluza contra la decisión de la juez Mercedes Alaya de imputar a 20 ex altos cargos del Ejecutivo –entre los que se encontraba la ex ministra y ex consejera Magdalena Álvarez– dentro de la «rama política» del caso.

El varapalo de la Audiencia a la decisión de la Junta adquiere relevancia porque es el mismo órgano que, en otras ocasiones, ha tomado decisiones contrarias a la magistrada y que han sido utilizadas por el Ejecutivo andaluz y el PSOE-A para criticar a la instructora. Sin ir más lejos, cuando la Audiencia pidió a Alaya que concretara la imputación de Álvarez, el «número dos» de los socialistas andaluces aseguró que se había dado «un paso muy importante para poner en el camino adecuado la instrucción». La ex consejera ha declarado por segunda vez ante la juez y el auto de la Audiencia ratifica aún más su condición de encausada, junto a los otros 19 ex altos cargos autonómicos.

El auto no entiende los argumentos de la Junta para recurrir la decisión de la titular del juzgado de Instrucción 6 de Sevilla. Rechaza que «se dote a sí misma de una especial posición de garante en el proceso», condición que ostenta «el Ministerio Público, quien, por cierto, solicita la confirmación del auto (el de Alaya)».

El órgano jurisdiccional asegura que la «Junta de Andalucía no es parte institucional ni necesaria en el proceso penal como lo es el Ministerio Público, sino que interviene como una acusación particular más que legítimamente podrá defender sus intereses particulares, pero que no puede arrogarse potestades o facultades en el seno del proceso penal que no le corresponden».

La postura del Gobierno andaluz es «innecesaria» y contraria a su presencia como acusación, ya que con el recurso se «anticipa» a las personas afectadas por la resolución de la juez. Prueba de la «confusión de planos procesales habida en el planteamiento del recurso son las adhesiones al mismo, formuladas solamente por cuatro imputados, dos de ellos, a mayor abundamiento, ni siquiera afectados por el auto apelado». Los dos altos cargos sí implicados son Juan Luque Alfonso (interventor de la Consejería de Empleo) y Jesús María Rodríguez Román (ex viceconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa), mientras que los dos no implicados porque ya están imputados son el ex director general de Empleo Daniel Alberto Rivera y el ex consejero de Empleo Antonio Fernández.

Entre la veintena de ex altos cargos que imputó Alaya se encuentran los ex directores generales de Presupuestos Antonio Lozano y Buenaventura Aguilera. Ambos ya han declarado ante la juez y cuentan con medidas cautelares para cubrir responsabilidades civiles; en el caso del primero, de 46,6 millones de euros y de un millón en el del segundo.

El PP y el colectivo Manos Limpias ya solicitaron la expulsión como acusación de la Junta en el procedimiento, petición que no ha atendido Alaya.

Recado a la estrategia del bipartito

«En consecuencia, puede alegarse igualmente la innecesariedad de la actuación de la Junta de Andalucía que, no obstante haberse constituido en la causa como parte acusadora, con la interposición de este recurso –lo que decimos con todos los respetos, pero hemos de afirmarlo– viene materialmente a realizar labores propias de una defensa, de lo que es buena muestra el segundo motivo por el que defiende la legalidad del 'uso' de las transferencias de financiación. Podríamos comprender, lo que decimos en abstracto y a los solos efectos dialécticos, que una acusación particular no vea razonable la ampliación del objeto o de los sujetos del proceso, pero ello tendría encaje más razonable desde un punto de vista procesal en el apoyo al recurso de un imputado, y no en la formulación de un recurso propio contra la decisión del instructor »