Autonomías

La Junta cae en la arbitrariedad al oponerse a tramitar una ley del PP

La entrada en vigor de la iniciativa sobre IRPF no afecta al actual ejercicio presupuestario

El consejero de Empleo y el portavoz del Gobierno, ayer
El consejero de Empleo y el portavoz del Gobierno, ayerlarazon

El Consejo de Gobierno mostró ayer su criterio en contra de la Proposición de Ley que ha registrado en la Cámara el Partido Popular que incluye una serie de modificaciones tributarias en el tramo autonómico del IRPF. Incide especialmente esta iniciativa en deducciones sociales: por adopción de hijos en el ámbito internacional, contribuyentes con discapacidad, familias monoparentales, gastos de guardería o adquisición de libros y materia escolar y de estudio.

El procedimiento es simple. Según el artículo 124.3 del Reglamento, si transcurridos 15 días el Consejo de Gobierno no emite ninguna opinión, las iniciativas quedan en condiciones de ser incluidas en el orden del día del Pleno para su toma en consideración. Si emite su criterio contrario, la Mesa de la Cámara tiene que decidir y votar si abre la puerta a su debate en la Cámara o no.

El Consejo de Gobierno efectivamente puede oponerse a una Proposición de Ley cuando implica un aumento de créditos o una disminución de ingresos presupuestarios. Lo que ocurre es que, en esta Proposición de Ley, como en la polémica del impuesto de Sucesiones y Donaciones que PSOE y Ciudadanos bloquearon en la Mesa de la Cámara, el PP introduce en el texto una disposición final que establece que «la presente ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2016». Es lo que se conoce técnicamente como vigencia diferida.

El letrado mayor de la Cámara, Javier Pardo Falcón, ya ha dejado muy clara su opinión –verbalmente y por escrito– sobre este asunto. El letrado subrayó el 2 de septiembre en una reunión de la Mesa de la Cámara, tras pedirle oralmente el presidente del Parlamento su opinión por la polémica obstaculización de las proposiciones de ley presentadas por PP y Podemos, la arbitrariedad en el posicionamiento del Consejo de Gobierno. «En legislaturas anteriores del Parlamento –adujo– se registraron algunas proposiciones de ley con su vigencia diferida a ejercicios presupuestarios posteriores al de su presentación, sin que necesariamente se produjera oposición por parte del Consejo de Gobierno a su tramitación por razones de incidencia presupuestaria». En anteriores legislaturas, la diferencia sustancial radica en que el PSOE tenía asegurada la votación en el Pleno bien por su mayoría absoluta o por el acuerdo de Gobierno con Izquierda Unida.

En su informe del 30 de septiembre, el letrado mayor vuelve a incidir en las conclusiones en este mismo aspecto. Las dos Proposiciones de Ley presentadas por PP y por Podemos –que finalmente han sido debatidas y rechazadas por el Pleno– «cumplen los requisitos para su admisión a trámite quedando en condiciones de ser incluidas en el orden del día del Pleno para su toma en consideración, dado que ambas Proposiciones de Ley difieren expresamente su entrada en vigor, y en consecuencia sus eventuales efectos presupuestarios, al 1 de noviembre de 2016 y al 1 de enero de 2016, sin que pueda considerarse afectado por tanto el presupuesto en curso».

El Consejo de Gobierno esgrime que ha acordado manifestar su criterio contrario a la Proposición de Ley del Partido Popular debido a que «el texto carece de valoración económica o memoria razonada de los efectos que tendría su aplicación sobre los ingresos públicos, que sufrirían una merma en el ejercicio 2016». La iniciativa «situaría a la comunidad en un escenario de incertidumbre respecto al cumplimiento de los objetivos de déficit y deuda pública». Además, insta a los populares a que planteen estas medidas «en el marco del debate parlamentario del proyecto de Ley de Presupuestos para 2016».

Ayer mismo el Consejo de Gobierno respaldó la Proposición de Ley del PSOE para la modificación de la Ley de Ordenación de la Función Pública. El texto plantea reconocer a los funcionarios de la Administración los servicios previos como personal interino. Lo que implica obligatoriamente el pago de trienios y sexenios, con el consiguiente impacto económico.