Empleo

La Junta frenó una ayuda legal cuando Empleo aprobó el convenio con el IFA

Paralizó una subvención excepcional para 14 ex trabajadores y prescindió de la Intervención

La Junta frenó una ayuda legal cuando Empleo aprobó el convenio con el IFA
La Junta frenó una ayuda legal cuando Empleo aprobó el convenio con el IFAlarazon

La entrada en vigor del convenio marco que firmaron el 17 de julio de 2001 la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) frenó la tramitación legal de otras ayudas. Es el caso de la que recibió posteriormente por parte de la Junta de Andalucía la empresa Industrias del Guadalquivir (Invirsal), que se estaba tramitando sin prescindir del procedimiento administrativo establecido, como denunció posteriormente la Intervención General. La utilización del ente instrumental adscrito a Empleo es clave en el «sistema operativo» –así lo ha definido la juez Mercedes Alaya– y posibilitó la ausencia de controles, lo que derivó en un «fondo de reptiles» que hoy tiene bajo investigación judicial los últimos diez años de gestión del Gobierno andaluz.

¿Por qué se prescindió del sistema legal? Oficialmente por rapidez y flexibilidad. Aunque el Gobierno andaluz mantiene que el convenio con el IFA y el pago de las ayudas de manera directa no es ilegal, la juez asegura lo contrario. Lo llamativo es que en esa época en la Consejería de Empleo ya se habían iniciado expedientes utilizando la figura de la subvención excepcional, lo que hubiera impedido las irregularidades posteriores y que se han mantenido durante una década.

Según la documentación a la que ha tenido acceso este periódico, Empleo y Desarrollo Tecnológico se encontraba tramitando una subvención para la financiación de un plan de rentas a 14 ex trabajadores de la empresa Industrias del Guadalquivir.

En la memoria justificativa elaborada por el jefe de servicio de relaciones laborales se exponen los motivos que justificarían la concesión de ayuda. Entre otros, «las dificultades para reincorporarse a otro puesto de trabajo» después de pasar por un ERE aprobado por la Autoridad Laboral y que les dejaría «en una situación muy difícil para su sostenimiento económico y con un grave quebranto en su pensión de jubilación».

Con todo, lo llamativo es la normativa a la que se alude. En el apartado de fundamentos de derecho, señala que «el artículo 107 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que con carácter excepcional y en supuestos especiales, se podrán conceder subvenciones, debiéndose acreditar la finalidad pública o interés social o económico que lo justifique». Y añade en el punto tercero que, «de acuerdo con lo establecido en el artículo 104 (de la misma ley), la competencia para conceder subvenciones corresponde al Excmo. Sr. Consejero de Empleo». Este último aspecto es importante, ya que como reconoció la Junta de Andalucía en la comisión de investigación no hubo delegación de competencias publicada en el BOJA para que fuera el director general de Trabajo el que otorgara las subvenciones, de lo que podría derivar la nulidad de todos sus actos.

El borrador, que fue pasado a la firma del consejero José Antonio Viera a finales de julio de 2001 y que no se tramitó al entrar en vigor el convenio con el IFA, también incluía trámites imprescindibles «a efectos de justificación de la subvención» y otorgaba a la Consejería de Empleo, el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas y la Intervención General de la Junta poder para «requerir a los beneficiarios, la empresa y la entidad aseguradora, cuanta documentación considere necesaria en relación con el cumplimiento de la concesión de la subvención a la finalidad que se concede».

Ese trámite –elaborado en el seno de la propia Administración autonómica– hubiera reforzado los controles e impedido el fraude posterior que hoy se investiga. Sin embargo, la decisión política prevaleció y, según la Cámara de Cuentas, entre 2001 y 2010 la Junta gastó 1.217 millones al margen de la Ley de Subvenciones.