Tribunales

La Junta se niega a desvelar a cuántos cargos ha pagado la defensa legal y en qué causas

Arguye que rastrear desde 2000 sería una «labor copiosa» y contestar requeriría un «informe a medida». Argumenta además que se podría deducir e identificar a quiénes se les ha reconocido el derecho

La encargada de contestar ha sido la consejería que coordina María Jesús Montero, la de Hacienda y Administración Pública
La encargada de contestar ha sido la consejería que coordina María Jesús Montero, la de Hacienda y Administración Públicalarazon

Arguye que rastrear desde 2000 sería una «labor copiosa» y contestar requeriría un «informe a medida»

Argumenta además que se podría deducir e identificar a quiénes se les ha reconocido el derecho

La pregunta era el número total de personas que, inmersas en un proceso judicial, hubieran hecho uso de su derecho a que la Junta le financiara la defensa desde el 2000 hasta la actualidad y en qué causas. Para plantearla, LA RAZÓN utilizó el portal de transparencia que surte el Gobierno andaluz y la respuesta ha sido que no, que, entre otras cuestiones, es demasiado hacer para contestar.

En la comunicación por escrito de la negativa, firmada por la viceconsejera de Hacienda y Administración Pública, María Pilar Paneque, se expone que el Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, establece en su articulado que uno de los derechos de esos trabajadores, de tipo «individual» y «en correspondencia con la naturaleza jurídica de su relación de servicio», es el de «la defensa jurídica en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones y cargos públicos». «No se trata –se matiza sin que en el interrogante de partida se aludiera a ello– de una indemnización ni de una ayuda, como en alguna ocasión se ha planteado, sino del reconocimiento de un derecho a la defensa jurídica del funcionariado sin que se puedan imponer otras condiciones o límites no contemplados en la norma».

Se cita luego más normativa antes de encajar que una «cuestión tan genérica» como la articulada «conlleva una labor compleja, menuda y copiosa en el seno de la Junta de Andalucía, sus agencias administrativas, Consejo Audiovisual de Andalucía y Consejo Consultivo de Andalucía que implicarían el rastreo expediente a expediente de los datos solicitados». Insiste la viceconsejera en que se trata de una demanda «confusa e inabordable» en la que «habría que contemplar necesariamente» a colectivos de personal docente, sanitario, del ámbito de la Justicia, de la Administración, a altos cargos...; atender a los distintos ámbitos jurisdiccionales que existen y actuar «sobre dieciocho ejercicios completos». En definitiva, para conseguir la información «habría que elaborar un informe a medida», como un documento «ad hoc», que «exigiría un uso desproporcionado e injustificado de los medios públicos para satisfacer una cuestión particular o privada». Y hay más razones para el «no». Argumenta la Junta que «el acceso a la información sobre las causas concretas en que puedan estar inmersas las personas afectadas» permitiría «fácilmente deducir e identificar qué hombres y mujeres con nombre y apellidos tienen reconocido el derecho por parte de las consejerías o agencias administrativas». Ese hipotético descifrar supondría para Paneque «una cesión de datos personales que debería analizarse a la vista del artículo 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre». Pese a que admite que «no se trata de datos especialmente protegidos ni meramente identificativos», insiste en que habría que ponderarlo, al no constar en el expediente ni haberse aportado «el consentimiento» de los posibles aludidos. La facilitación de la cifra y la relación de casos judiciales demandados supondría, a juicio del Ejecutivo regional, «tener conocimiento de determinada información relacionada con uno de los aspectos que la normativa de protección de datos considera de especial interés, como son los procesos que versan sobre la comisión de infracciones penales, disciplinarias o administrativas, con una posible vulneración de su derecho a la intimidad». ¿La conclusión? La Junta inadmite la solicitud y se agarra para ello a un punto de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en lo relativo a la necesidad de «una acción previa de reelaboración» para suministrar los datos; y a su interpretación del criterio fijado en un artículo de otra norma, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, en lo tocante a la intimidad.

Una demanda de la oposición

Partidos de la oposición han pedido a la Junta en diversas ocasiones que aclare si investigados en algunos procesos judiciales como la «macrocausa» de los ERE presuntamente fraudulentos le han endosado la factura de su defensa legal o no, al ser «dinero público» el que se vería comprometido. En ese caso en concreto han admitido haber pagado la minuta de uno de los investigados, aunque se prevé que sean más. La información se dosifica con cuentagotas.