Caso ERE

Núñez archiva una pieza de los ERE por prescripción

La jueza María Núñez Bolaños
La jueza María Núñez Bolañoslarazon

La jueza de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente irregulares concedidos por la Junta, ha acordado archivar una pieza separada de la investigación por una ayuda concedida en forma de préstamo por valor de 300.000 euros a la empresa Explotaciones Aroche al declarar «prescritos» los delitos de prevaricación y malversación por los que se incoa esta causa.

En un auto con fecha de 19 de marzo y consultado por Ep, la magistrada recuerda que por la Unidad Orgánica (UCO) de la Guardia Civil se presentó en septiembre de 2016 un atestado relativo a la ayuda concedida a Explotaciones Aroche.

Además, señala que los hechos investigados, que podrían presumir la posible existencia de una infracción penal, son los referidos a una ayuda excepcional concedida a esta empresa por convenio de colaboración de 1 de agosto de 2002, firmados por el entonces director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, y el presidente del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), Antonio Fernández, ambos procesados en la pieza política de los ERE, cuyo juicio se celebra en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla. En el convenio se encomienda al IFA la gestión del otorgamiento de ayudas a Explotaciones de Aroche en forma de préstamo, en virtud del procedimiento marcado en el convenio marco firmado en 2001 entre el IFA y la Consejería de Empleo, por el que el ente instrumental pagaría las ayudas comprometidas por la dirección de Trabajo tras recibir de ésta transferencias de financiación anuales con cargo a la partida presupuestaria 31L, el conocido como «fondo de reptiles».

Según recuerda Núñez, «no estando determinadas la naturaleza y circunstancias de tales hechos ni las personas que en ellos han intervenido, se instruyen diligencias previas y practican las esenciales encaminadas a efectuar tal determinación y en su caso, el procedimiento aplicable». La instructora expone que tratándose de una ayuda en cuantía inferior a 450.000 euros, «en la cual podemos considerar no resulta de aplicación el subtipo agravado» y habiéndose realizado el pago en agosto de 2002, «hace más de diez años, procede declarar prescritos los delitos».