Barcelona
La juez pide un informe de la salud mental y los hábitos tóxicos de mossos del caso Benítez
La juez que investiga la muerte del empresario Juan Andrés Benítez tras ser reducido a golpes por los Mossos d'Esquadra en el barrio de Raval de Barcelona ha encargado un informe forense sobre la salud mental y, en su caso, los hábitos tóxicos de los diez agentes imputados.
La juez que investiga la muerte del empresario Juan Andrés Benítez tras ser reducido a golpes por los Mossos d'Esquadra en el barrio de Raval de Barcelona ha encargado un informe forense sobre la salud mental y, en su caso, los hábitos tóxicos de los diez agentes imputados.
En un auto notificado hoy, la titular del juzgado de instrucción número 20 de Barcelona rechaza la pretensión de las defensas para que se haga una segunda autopsia al corazón del empresario, que falleció el pasado 6 de octubre, ya que considera esta petición "inútil, superflua y perjudicial por dilatoria".
Por el contrario, la juez atiende a la petición del fiscal y encarga a los autores del informe sobre la autopsia a Benítez -que concluía que se debió a una causa multifactorial- que aclaren si su muerte sería compatible únicamente con la contención policial y las lesiones sufridas, sin tener en cuenta que consumía cocaína.
En el auto, la juez rechaza además de nuevo sobreseer la acusación contra los nueve agentes imputados por un delito contra la vida, ya que lo considera "harto difícil"ante "tamaña multitud de evidencias del reprobable actuar de los agentes"y la existencia de "poderosos indicios"de la perpetración de los delitos que se les atribuyen.
Por este motivo, la juez mantiene la imputación contra nueve agentes por un delito contra la vida -sin entrar aún a dilucidar si se trata de homicidio o asesinato-, a dos por un delito de obstrucción a la justicia y a otro por un delito de coacciones y/o obstrucción a la justicia.
La juez, no obstante, sí que acuerda archivar la acusación para cuatro de los agentes que también estaban acusados de un delito de encubrimiento porque, pese a que entiende que sí que se cometió este delito, asume que no hay pruebas suficientes para considerarles autores.
Además, retira la acusación contra cuatro de los agentes que también estaban imputados por un delito de detención ilegal y por falsedad en documento oficial, al considerar que no ha quedado acreditado que cometieran estos delitos.
La juez ha emitido este auto en respuesta a la comparecencia que se celebró el pasado 17 de enero para que todas las partes concretaran la actuación de cada uno de los diez agentes y plantearan nuevas diligencias.
En aquella sesión, el fiscal atribuyó a ocho de los mossos imputados un delito contra la vida, sin concretar si se trataba de un homicidio doloso o imprudente; la acusación particular subió a nueve mossos la acusación por homicidio doloso/asesinato; y las defensas reclamaron el sobreseimiento para todos ellos.
En el auto, la juez subraya que, con una "simple lectura"de la descripción de los hechos efectuada por el fiscal, se observa la existencia de "poderosos indicios"de que su actuación fue "reprobable"desde las perspectiva de derecho penal.
La juez remarca en el auto que el fiscal detalló en la comparecencia del pasado 17 de enero las "patadas, golpes y rodillazos"que los agentes propinaron a Benítez, la "desproporción"en cuanto al número de agentes, la "excesiva duración"de la contención y que los imputados sometieron al empresario a "una situación de peligro y riesgo innecesarios, que podía comprometer su vida".
También reproduce la juez la acusación del fiscal en el sentido de que los agentes no requirieron la actuación de la ambulancia de urgencias, pese a que estaba en el lugar, hasta que la víctima quedó inconsciente.
La juez también acuerda citar a declarar como testigo, el próximo jueves 20 de febrero, al hombre con quien Benítez se peleó minutos antes de que llegaran los Mossos d'Esquadra, y que inicialmente había sido imputado por la instructora por homicidio, aunque su caso acabó siendo archivado.
Para el mismo día, la juez también ha citado como testigos a los facultativos que asistieron a Benítez y certificaron su muerte en el Hospital Clínico de Barcelona, así como a una testigo presencial.
La juez también requiere al Departamento de Interior que aporte el nombre, apellidos y DNI de los diez mossos imputados -ya que actualmente en la causa únicamente consta su número de placa (TIP)-, así como su historial penal, si lo hubiera, que quedarán recogidos en una pieza separada que podría depositarse en un sobre cerrado.
También ordena que se incorpore a la causa el expediente de la División de Asuntos Internos (DAI) de los Mossos d'Esquadra relativo a los diez agentes imputados y las resoluciones disciplinarias adoptadas al respeto.
Por contra, la juez rechaza la pretensión de las defensas de que un perito de designación judicial y otro nombrado por las partes dictamine sobre la conveniencia de los golpes de distracción y criterios de proporcionalidad en el uso de la fuerza en una reducción, ya que lo estima "improcedente"porque aceptarlo sería tanto como otorgar a estos peritos "la condición de tribunal enjuiciador".
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